ResolucionNo. 71-22
Resolucion No. 71-22 - QUE APRUEBA EL CONTRATO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA SEÑORA ISABEL DE LA ROSA, EN VIRTUD DEL CUAL...
- Publicacion
- 11 de julio de 2022
- Sala
- No informado
- Materia
- familia
- Jurisdiccion
- familia
- 279 -
Res. No. 71-22 del 11 de julio de 2022, que aprueba el contrato entre el Estado
dominicano y la señora Isabel de la Rosa, en virtud del cual el primero traspasa a la
segunda, una porción de terreno de 259.08 Mts², dentro de la parcela No. 15-A-parte,
del D.C. No. 16/4, sector Bo. Restauración, municipio San Pedro de Macorís. G. O. No.
11072 del 12 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 71-22
VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de donación suscrito en fecha 13 de octubre del 1999, entre el Estado
dominicano y la señora Isabel de la Rosa.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de donación suscrito en fecha 13 de octubre del 1999, entre
el Estado dominicano, debidamente representado por el Administrador General de Bienes
Nacionales, Lic. Carlos Alberto Amarante Baret, de una parte y de la otra parte, la señora
Isabel de la Rosa, por medio del cual el primero traspasa a la segunda, a título de donación,
una porción de terreno con área de doscientos cincuentinueve punto cero ocho (259.08)
metros cuadrados, valorado en la suma de RD$51,816.00 (cincuenta y un mil ochocientos
dieciséis pesos con 00/100), ubicada en la parcela 15-A-parte, del distrito catastral No. 16/4,
del municipio de San Pedro de Macorís, en la calle Roberto Figuereo No. 17, del sector Bo.
Restauración, que copiado a la letra dice así:
ENTRE CONTRATO No. 1666
EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el Administrador
General de Bienes Nacionales, Lic. Carlos Alberto Amarante Baret, dominicano, mayor de
edad, soltero, funcionario público de este domicilio y residencia, provisto de la Cédula de
Identificación Personal No. 054-0006341-7, quien actúa en virtud de las disposiciones
contenidas en el Poder de fecha 29 de abril del 1974, expedido por el Poder Ejecutivo, quien
en lo faculta para el otorgamiento del presente documento, de una parte y de la otra parte, la
señora Isabel de la Rosa, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de
Identificación y Electoral No. 023-0003192-6, debidamente representada por la Dra.
Mercedes Frías, dominicana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No. 023-0002238-7, Abogada de los Tribunales de la República, domiciliada y residente en
la ciudad de San Pedro de Macorís, mediante Poder Especial de fecha dos (2) de diciembre
del 1996.
PRIMERO: El Estado dominicano, por medio de su representante, cede y traspasa, pura y
simplemente, libre de pagos de impuestos y derechos a pagar, en calidad de donación a favor
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de la señora Isabel de la Rosa, quien acepta el inmueble que se describe a continuación:
Una porción de terreno de 259.08 metros cuadrados, evaluados en la suma de
RD51,816.00 (cincuenta y un mil ochocientos dieciséis pesos oro con 00/100), ubicado en la
parcela 15-A-parte, del distrito catastral No. 16/4, del municipio San Pedro de Macorís, en la
calle Roberto Figuereo No. 17, del sector Bo. Restauración.
SEGUNDO: El inmueble objeto del presente contrato se considerará en Bien de Familia,
conforme a la Ley No. 1024 de fecha 24 de octubre del 1928.
TERCERO: El Estado dominicano justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble
objeto del presente contrato de donación, en virtud del Certificado de Titulo No.____,
expedido en su favor por el Registrador de Títulos del municipio de San Pedro de Macorís.
CUARTO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no
previsto en el mismo se remiten al derecho común.
HECHO Y FIRMADO de buena fe, en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para cada
una de las partes contratantes. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de
la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de octubre del año mil novecientos
noventa y nueve (1999).
POR EL ESTADO DOMINICANO:
LIC. CARLOS AMARANTE BARET ISABEL DE LA ROSA
Administrador General DONATARIO (A)
VENDEDOR
YO DRA. ELSA GERTRUDIS PEREZ, Abogado Notario Público de los del Número para
el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: De que las firmas que anteceden fueron
puestas en mi presencia y me han declarado bajo la fe del juramento que esas son las firmas
que acostumbran usar en todos los actos de su vida jurídica, de todo lo que doy fe y crédito.
En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
trece (13) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y nueve (1999).
DRA. ELSA GERTRUDIS PEREZ
Notario Público
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del
mes de octubre del año dos mil cuatro (2004); años 161 de la Independencia y 142 de la
Restauración.
Andrés Bautista García
Presidente
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Melania Salvador de Jiménez Juan Antonio Morales Vilorio
Secretaria Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil siete (2007); años 164 de la
Independencia y 145 de la Restauración.
Julio César Valentín Jiminián
Presidente
María Cleofia Sánchez Lora Teodoro Ursino Reyes
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); años 178
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Res. No. 72-22 del 11 de julio de 2022, que aprueba el contrato entre el Estado
dominicano y el señor Luis Ney Tejeda Lara, sobre la venta por parte del primero al
segundo, del apartamento No. 104, edificio No. 8, M-11, ubicado en el Proyecto
Habitacional José Contreras, II Etapa, D.N. G. O. No. 11072 del 12 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 72-22
VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 15 de agosto del 1996, entre el Estado
dominicano y el señor Luis Ney Tejeda Lara.