ResolucionNo. 54-19
Resolucion No. 54-19 - QUE APRUEBA EL CONTRATO ENTRE EL INGENIO RIO HAINA Y LA SEÑORA NELLY ALTAGRACIA SÁNCHEZ DE SANTOS, S...
- Publicacion
- 18 de marzo de 2019
- Sala
- No informado
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Danilo Medina
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve
(2019); año 176 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 54-19 que aprueba el contrato entre el Ingenio Rio Haina y la señora Nelly
Altagracia Sánchez de Santos, sobre el traspaso por parte del primero a la segunda, de
una porción de terreno con una extensión de 0 Has., 94 As y 33 Cas, equivalentes a 15
tareas nacionales, parcela No. 95, del D.C. No. 31, sección Caballona, lugar Potrero
Baría, D.N. G. O. No. 10936 del 27 de marzo de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 54-19
VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 25 de febrero del 1991, entre el Estado
dominicano y la señora NELLY ALTAGRACIA SANCHEZ DE SANTOS.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 25 de febrero del 1991, entre el
Ingenio Rio Haina, debidamente representado en este acto por el Director Ejecutivo del
Consejo Estatal del Azúcar (CEA) ,señor Juan Arturo Biaggi Monzón, de una parte; y de la
otra parte, la Sra. Nelly Altagracia Sánchez de Santos, por medio del cual el primero
traspasa a la segunda, una porción de terreno con una extensión de 0 Has., 94 As y 33 Cas.,
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equivalentes a 15 tareas nacionales, dentro de la parcela No.95, del D.C. No.31 del Distrito
Nacional, sección: Caballona, lugar: Potrero Baría, en esta ciudad, valorada en la suma de
RD$22,500.00, que copiado a la letra dice a así:
ENTRE: De una parte, el Ingenio Río Haina, organismo estatal autónomo organizado y
creado de acuerdo a la Ley No.7, de fecha 19 de agosto del año 1966, válidamente
representado por el Director Ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), señor Juan
Arturo Biaggi Monzón, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario estatal, portador
de la Cédula de Identificación Personal No.26663, Serie 26, sello hábil, de este domicilio
y residencia actuando en virtud del poder que le fuera otorgado por el presidente de la
República, en fecha 25 de enero 1991, y por las recomendaciones adoptadas por el Consejo
Directivo del CEA, en sus sesiones ordinarias de fechas 11 de mayo 1988 y 2 de agosto de
1990, que en lo adelante del presente acto se denominará el Ingenio; y de la otra parte, la
señora NELLY ALTAGRACIA SANCHEZ DE SANTOS, dominicana , mayor de edad,
casada, dedicada a los quehaceres del hogar, portadora de la Cédula de Identificación
Personal No.102001, Serie 1era., sello hábil, domiciliada y residente en esta ciudad de
Santo Domingo, quien en lo delante de este acto se denominará la compradora.
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
PRIMERO: EL INGENIO vende, cede y transfiere, con todas las garantías ordinarias de
derecho, en favor de LA COMPRADORA, quien acepta el siguiente inmueble:
“Una porción de terreno con una extensión de 0 Has., 94 As., 33 Cas., equivalentes
a 15 tareas nacionales, dentro de la parcela No. 95 del D.C No.31 del Distrito Nacional,
sección: Caballona, lugar: Potrero Baría, con los siguientes limites
Al Norte: y al Este: resto de la parcela. No. 95 (Potrero Baría)
Al Sur: Carreta Vieja
Al Oeste: Carretera Buenas Noches a Caballona
SEGUNDO: EL INGENIO justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble objeto de
la presente venta, en virtud del contrato de permuta de fecha 18 de mayo de 1988,
intervenido entre los ingenios Ríos Haina y Catarey, de una parte, y la Administración
General de Bienes Nacionales, en el cual el Ingenio recibe la parcela 95, amparada por el
Certificado de Titulo No. 62-3190, conjuntamente con otros inmuebles.
TERCERO: El precio global acordado para la presente operación de compra-venta de
terreno es de veintidós mil quinientos pesos (22,500.00), o sea, a razón de RD$1,500.00 por
tarea, el cual ha sido pagado por LA COMPRADORA de contado, al suscribir al presente
acto, valor que declara EL INGENIO haber recibido a su entera satisfacción, razón por la
cual este acto sirve a LA COMPRADORA como recibo, descargo y finiquito por el precio
total de la venta.
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HECHO FIRMADO en cuatro (2) originales, de un mismo tenor y efecto, uno para cada
una de las partes, así se han distribuido, a los veinticinco (25) días del mes de febrero del
año mil novecientos noventa y uno (1991), en Santo Domingo, Distrito Nacional , capital
de la República Dominicana.
POR EL INGENIO:
JUAN ARTURO BIAGGI MONZON
Director Ejecutivo del CEA.
POR LA COMPRADORA:
NELLY ALTAGRACIASANCHEZ DE SANTOS
YO, DR. VICTOR EDUARDO RUIZ, Abogado Notario Público de los del Número para
el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que por ante mí comparecieron los señores
JUAN ARTURO BIAGGI MONZON y NELLY ALTAGRACIA SANCHEZ DE
SANTOS, de generales que constan más arriba, quienes me declararon bajo la fe del
juramento, que las firmas que aparecen al pie de este contrato, son las mismas que
acostumbran a usar en todos los actos de sus vidas, por lo que debe dárseles a las mismas
entera fe y crédito.
En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
veinticinco (25) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y uno (1991).
DR.VICTOR EDUARDO RUIZ
Abogado Notario Público
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo
Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once
(11) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete (1997); años 154 de la
Independencia y 135 de la Restauración.
Amable Aristy Castro
Presidente
Enrique Pujal Rafael Octavio Silverio
Secretario Secretario
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DADA en la Sala de Sesiones de la cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a
los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil seis (2006) años 163 de la
Independencia y 143 de la Restauración.
Severina Gil Carreras Alfredo Pacheco Osoria
Secretaria Presidente
Josefina Alt. Martes Durán
Secretaria
Danilo Medina
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año dos mil nueve (2019); año
176 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 55-19 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Juan
René Beauchamp Javier, mediante el cual el primero vende al segundo, una porción
de terreno con área de 1,987.00 Mts², dentro de la parcela No. 122-A-1-A-Pte., del
D.C. No. 3, ubicada en la Avenida Bolívar, sector Bella Vista, D.N. G. O. No. 10936 del
27 de marzo de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 55-19
VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.