ResolucionNo. 53-25
Resolucion No. 53-25 - QUE APRUEBA EL CONTRATO DE VENTA SUSCRITO EL 22 DE DICIEMBRE DE 2015, ENTRE EL INGENIO PORVENIR Y LA...
- Publicacion
- 29 de julio de 2025
- Sala
- No informado
- 63 -
Res. núm. 53-25 que aprueba el contrato de venta suscrito el 22 de diciembre de 2015, entre el Ingenio Porvenir y la compañía Magic Blue Inversiones, S.R.L., mediante el cual el primero vende a la segunda una porción de terreno de cien mil cuarenta y tres punto cuarenta y tres (100,043.43) metros cuadrados, ubicada en las Parcelas Nos. 7 y 98, del municipio Ramón Santana, provincia San Pedro de Macorís. G. O. No. 11206 del 31 de julio de 2025.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
Res. núm. 53-25
Visto: El artículo 93, numeral 1), literal k) de la Constitución de la República.
Visto: El contrato de venta de terreno suscrito en fecha 22 de diciembre del año 2015, entre el Ingenio Porvenir, institución autónoma del Estado dominicano y la compañía Magic Blue Inversiones, S.R.L, representada por los señores Jesús Salvador Garijo Durán y Jesús Durán Haro.
RESUELVE:
Único: Aprobar el contrato de venta de terreno suscrito en fecha 22 de diciembre del año 2015, entre el Ingenio Porvenir, institución autónoma del Estado dominicano, representado por el Lic. José Joaquín Domínguez Peña, Director Ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar (CEA) , de una parte y de la otra parte la compañía Magic Blue Inversiones, S.R.L., debidamente representada por los señores Jesús Salvador Garijo Durán y Jesús Durán Haro, por medio del cual, el primero traspasa a la segunda, a título de venta, una porción de terreno con una extensión superficial de cien mil cuarenta y tres punto cuarenta y tres (100,043.43) metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de las parcelas núms.7 y 98, del Distrito Catastral núm. 1, municipio Ramón Santana, provincia San Pedro de Macorís; distribuida de la siguiente manera: 1) Trece mil ochocientos seis punto cuarenta y nueve metros cuadrados (13,806.49 Mt2) ubicada dentro del ámbito de la parcela núm.7, del D.C. núm. 1, municipio Ramón Santana, provincia San Pedro de Macorís; y 2) Ochenta y seis mil doscientos treinta y seis punto noventa y cuatro (86,236.94 Mt2) ubicada dentro del ámbito de la parcela núm.
98, del D.C. núm. 1, municipio Ramón Santana, provincia San Pedro de Macorís, República Dominicana, valorada en la suma de un millón cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y seis dólares americanos con 01/100 (US$1,050,456.01); que copiado a la letra dice así:
- 64 - - 65 - - 66 - - 67 - - 68 - - 69 - - 70 - - 71 - - 72 - - 73 - - 74 - - 75 - - 76 - - 77 -
Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023); años 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
Eduardo Estrella Presidente
Ginette Bournigal de Jiménez Lía Ynocencia Diaz Santana Secretaria Secretaria
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria Presidente
Eduviges María Bautista Gomera Julio Emil Durán Rodríguez Secretaria Secretario
LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Caceta Oficial, para su conocimiento y ejecución.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER