ResolucionNo. 5-24
Resolucion No. 5-24 - QUE APRUEBA EL ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES, ENTRE EL FONDO OPEP PARA EL DE...
- Publicacion
- 16 de enero de 2024
- Sala
- No informado
- Materia
- constitucional
- Jurisdiccion
- constitucional
- 61 -
Res. núm. 5-24 que aprueba el Acuerdo para la Promoción y Protección de Inversiones,
entre el Fondo Opep para el Desarrollo Internacional (Fondo Opep) y la República
Dominicana, suscrito el 27 de mayo de 2022. G. O. No. 11139 del 17 de enero de 2024.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. núm. 5-24
Visto: El artículo 93, numeral 1), literal L) de la Constitución de la República.
Visto: El Acuerdo para la Promoción y Protección de Inversiones entre el Fondo OPEP para
el Desarrollo Internacional (Fondo OPEP) y la República Dominicana, suscrito el 27 de mayo
del año 2022.
Vista: La Sentencia del Tribunal Constitucional núm.TC/0492/22, de fecha 26 de diciembre
de 2022, relativa al control preventivo de constitucionalidad.
RESUELVE:
Único: Aprobar el Acuerdo para la Promoción y Protección de Inversiones entre el Fondo
OPEP para el Desarrollo Internacional (Fondo OPEP), representado por el señor Abdulhamid
Alkhalifa, director general y el Gobierno de la República Dominicana, representado por el
ministro de Relaciones Exteriores, señor Roberto Álvarez, suscrito el 27 de mayo del año
2022. Dicho Acuerdo tiene por objeto la promoción de inversiones y oportunidades de
inversión con el fin de identificar áreas de colaboración potencial desde los países de alta
renta que conforman el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional hacia el territorio
dominicano, bajo un esquema de protección afín al que se brinda a otras instituciones
financieras multilaterales de desarrollo que operan en el país, con el establecimiento de un
esquema de solución de las controversias que pudieran presentarse; que copiado a la letra
dice así:
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Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días
del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023); años 180 de la Independencia y 160 de la
Restauración.
Eduardo Estrella
Presidente
Ginette Bournigal de Jiménez Lía Ynocencia Díaz Santana
Secretaria Secretaria
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
nueve (9) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024); años 180 de la
Independencia y 161 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria
Presidente
Nelsa Shoraya Suárez Ariza Agustín Burgos Tejada
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024);
años 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER