ResolucionNo. 499-19
Resolucion No. 499-19 - QUE APRUEBA EL CONTRATO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL SEÑOR ANTONIO MONTERO, A TRAVÉS DEL CUAL EL ...
- Publicacion
- 5 de diciembre de 2019
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
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Res. No. 499-19 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Antonio
Montero, a través del cual el primero traspasa al segundo, el local comercial No. C-3,
edificio PE-2, manzana I, ubicado en el Proyecto Los Mameyes, D.N. G. O. No. 10962
del 9 de diciembre de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 499-19
VISTO: El inciso 19 del art.37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 7 del mes de febrero del 1990, entre el Estado
dominicano y el señor ANTONIO MONTERO.
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 7 de febrero del 1990, entre el
Estado dominicano, representado en este acto por el Administrador General de Bienes
Nacionales, señor CAMILIO ANTONIO NAZIR TEJADA, de una parte, y de la otra parte,
el señor ANTONIO MONTERO, por medio del cual el primero traspasa al segundo el local
comercial No.C-3, edificio No.PE-2, de la manzana ”I”, con un área de construcción de 40.00
mt2, construido de blocks y concreto, ubicado en el Proyecto “LOS MAMEYES”, de esta
ciudad, valorado en la suma de RD$27,904.13, que copiado a la letra dice así:
CONTRATO No.1405
ENTRE: EL ESTADO DOMINICANO, representado en este acto por el Administrador
General de Bienes Nacionales, señor CAMILIO ANTONIO NAZIR TEJADA, de
nacionalidad dominicana, mayor de edad, funcionario público, de estado civil soltero,
portador de la Cédula de Identificación Personal No.43858, Serie 54, sello hábil, quien actúa
en virtud de las disposiciones contenidas en el Poder de fecha 17/agosto/89, acápite No.63,
expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del presente documento,
de una parte, y de la otra parte, el señor ANTONIO MONTERO, mayor de edad, de
nacionalidad dominicana, de estado civil casado con ARELIS M. SALAS DE MONTERO,
domiciliado y residente en -----, de ocupación comerciante, portador de la Cédula de
Identificación Personal No.165370, Serie 1era, sello hábil, se ha convenido y pactado el
siguiente:
CONTRATO
PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, por órgano de su representante, vende, cede y
transfiere, con todas las garantías de derecho, libre de cargas y gravámenes, a favor del señor
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ANTONIO MONTERO, quien acepta el inmueble que se describe a continuación: El local
comercial No.C-3, edificio PE-2, de la manzana “I”, con una área de construcción de 40.00
mt2, construido de blocks y concreto, ubicado en el Proyecto “LOS MAMEYES”, de esta
ciudad.
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta, ha sido
por la suma de RD$27,904.13 (VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CUATRO PESOS
ORO CON 13/100), la cual será pagada por el COMPRADOR en la siguiente forma: La suma
de RD$27,904.13 (VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CUATRO PESOS ORO CON
13/100) en mensualidades consecutivas a razón de RD$50.00 (CINCUENTA PESOS ORO)
cada una, hasta la total cancelación de la deuda.
TERCERO: La falta de pago de tres (3) mensualidades consecutivas hará perder al deudor
el beneficio del término acordado.
CUARTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad sobre el
inmueble objeto del presente contrato, en virtud del certificado de titulo No.------- expedido
en su favor por el Registrador de Títulos----------.
QUINTO: Queda expresamente establecido entre las partes que el presente contrato debe ser
sometido al Congreso Nacional para su aprobación, en vista de que el inmueble a que el
mismo se contrae tiene un valor que excede de RD$20,000.00, en virtud de las disposiciones
del art.55, inciso 10 de la Constitución de la República.
SEXTO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no
previsto en el mismo se remiten al derecho común.
HECHO Y FIRMADO en dos originales de un mismo tenor, uno para cada una de las partes
contratantes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a
los 7 días del mes de febrero del año mil novecientos noventa (1990).
POR EL ESTADO DOMINICANO:
CAMILO ANTONIO NAZIR TEJADA ANTONIO MONTERO
Capitán de Navío, M. de G. Comprador
Administrador General de Bienes Nacionales
Vendedor
YO, LIC. CARLOS MARTIN VALDEZ D., Abogado -Notario Público de
LIC. CARLOS MARTIN VALDEZ D.
NOTARIO PÚBLICO
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DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del
mes de noviembre del año mil novecientos noventa y seis, años 153 de la Independencia y
134 de la Restauración.
Amable Aristy Castro
Presidente
Tomas Emilio Durán Rafael Octavio Silverio
Secretario Ad-Hoc. Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil siete (2007); años 164 de la
Independencia y 145 de la Restauración.
Julio Cesar Valentín Jiminian
Presidente
Maria Cleofia Sánchez Lora Teodoro Ursino Reyes
Secretaria Secretario
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019);
año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA