ResolucionNo. 48-26
Resolucion No. 48-26 - QUE APRUEBA EL CONTRATO DE PRÉSTAMO NÚM. 6022/OC-DR, SUSCRITO EL 29 DE ABRIL DE 2026, ENTRE LA REPÚB...
- Publicacion
- 30 de julio de 2026
- Sala
- No informado
- 134 -
Res. núm. 48-26 que aprueba el Contrato de Préstamo núm. 6022/OC-DR, suscrito el 29 de abril de 2026, entre la República Dominicana y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta doscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$200,000,000.00), para ser utilizados para financiamiento del Programa de Implementación de la Política Nacional de Seguridad Vial en la República Dominicana, el cual será ejecutado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT). G. O. núm. 11256 del 14 de agosto de 2026.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
Res. núm. 48-26
Visto: El artículo 93), numeral 1), literales j) y k), de la Constitución de la República.
Visto: El Contrato de Préstamo núm. 6022/OC-DR, suscrito el 29 de abril de 2026, entre la República Dominicana y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta doscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$200,000,000.00), para ser utilizados en el financiamiento del Programa de Implementación de la Política Nacional de Seguridad Vial en la República Dominicana, el cual será ejecutado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).
RESUELVE:
Único: Aprobar el Contrato de Préstamo núm. 6022/OC-DR, suscrito el 29 de abril de 2026, entre la República Dominicana y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta doscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$200,000,000.00), para ser utilizados en el financiamiento del Programa de Implementación de la Política Nacional de Seguridad Vial en la República Dominicana, el cual será ejecutado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), que copiado a la letra dice así:
- 135 - - 136 - - 137 - - 138 - - 139 - - 140 - - 141 - - 142 - - 143 - - 144 - - 145 - - 146 - - 147 - - 148 - - 149 - - 150 - - 151 - - 152 - - 153 - - 154 - - 155 - - 156 - - 157 - - 158 - - 159 - - 160 - - 161 - - 162 - - 163 - - 164 - - 165 - - 166 - - 167 - - 168 - - 169 - - 170 - - 171 - - 172 - - 173 - - 174 - - 175 - - 176 - - 177 - - 178 - - 179 - - 180 - - 181 - - 182 - - 183 - - 184 - - 185 - - 186 - - 187 - - 188 - - 189 - - 190 - - 191 - - 192 - - 193 - - 194 - - 195 - - 196 - - 197 - - 198 - - 199 - - 200 - - 201 - - 202 - - 203 - - 204 - - 205 - - 206 - - 207 - - 208 - - 209 - - 210 -
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026); años 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria Presidente
Eduviges María Bautista Gomera Julio Emil Durán Rodríguez Secretaria Secretario
Dada en la Sala de Sesiones del Senado de la República, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026); años 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
Ricardo De Los Santos Presidente
Lía Ynocencia Díaz Santana Aracelis Villanueva Figueroa Secretaria Secretaria
LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026); años 183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER