ResolucionNo. 3966
Resolucion No. 3966 - QUE RESTABLECE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES.
- Publicacion
- 29 de marzo de 1900
- Sala
- No informado
- Materia
- constitucional
- Jurisdiccion
- constitucional
28 COLECCION DE LEYES, DECRETOS &.- 1900
Pdblicas el ciudadano Eugenio Deschamps, Ministro de Correos
y TeIQgrafos.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital
de la Repiiblica, B 10s 15 dias del mcs de Marzo de 1900; afia 57't
de la Independencia y 3'79 de la Restayraci6n.
J. I. JIMENES.
Ntim. 3966.-RESOLUCION del C. N. que restablece las garan-
tfas constituciona1es.-G. 0. N6m. 1336 del 31 de Marzo
de 1900.
EL COMGRESO KACIONAL,
E n Nombre de la Repliblica.
Por iniciativa del Poder Ejecutivo.
Considtrando : que habiendo sido prontamente debelada 1s
rebeli6n i mano armada que tuvo principio en la provincia de
Santiago en 10s primeros dias del corriente mes, cesan 10s poti-
vos que obligaron a1 Ejecutivo iL pedir la suspensi6n de las ga-
rant€- individuales ;
RESUELVE :
Articulo iinico: Desde la promulgacih de la presente Re-
solucih quedan restablecidw 1 a ~garantias constitucionales
que habian sido suspendidas por la Resolucih de fecha 6 de 10s
corrientes.
Dada en la SAla de sesiones del Congreso Nacional, el dia
29 de Marzo del aiio 1900, 570 de la Independencia y 379 de la
Restauracidn.
El Presidente, M. Ubaldo Gbmez.-Los Secr'Aarios, Emj-
que J. C a 6 t r o . L . I. Alvarez.
Ejeciitese, comunique3.e por la Secretark de Estarto corres-
pondiente, publicandose e n todo el territorio de la Repdblica pa-
ra su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacimal de Santo Domingo, CapiW de
COLECCION DE LEYES, DECRETOS &.- 1900 ,2t
la Repiiblica, 5 10s 29 dias del mes de Marzo de 1900, aiio 5'7q
de la Independencia y 379 de la Restnuraci6n.
El Pl'zsidente de-la Reptiblica.,
J. I. JIMENES.
Rbfrendado: El BSinistro de lo Irikrior y Policia,-L. .'R
Hernandez Brea.
Xu'rim. 3967.-RESOLUCION del C. N. que autoriea 81 Aqunta-
miento de La Vega 5 contratar un empr6stito.-G. 0. NGrr.
1337 del 7 de Abril de 1900.
EL CONGRESO NACluNAL,
E n Nombre de la Repfiblica.
Vista la comunicacidn del Honorable Ayuntamiento de In
Vega, de fecha 15 de Marzo pr6ximo pasado, mediante la cual
solicita autorizaci6n para contratar un emprestito de dos mi:
quinientos pesos or0 antel-icano, con destino B la adquisici6n de
doscientas mil yardas de terreno para ensanche de la pobla-
ci6n y para construir un nuevo cementerio:
Considerando : que el propdsito del expresado Ayuntamieii-
to responde a dos necesidades imperiosas, y qui? para satisfacer-
las no cuenta de momento con recursos indispensables ;
RESUELVE :
Art. 19 Queda autorizado kd Ayuntamiento de la comiin de
la Vega B contratar un emprestito por dos mil quinientos pesos
OTO, para dedicar dicha suma, exclnsivamente, B la adquisici6n
de doscientas mil yardas de terreno para ensamhar la pohla-
ci6n y construir un nuevo cementerio.
Art. 29 La pfieeente Resoluci6n sera enviada a1 Poder Eje-
cutivo para 10s fines cmstitucionalee.
Dada en la Sala de sesiones del Congreso Nacional, B l a 30
dias del mes de Marzo del aiio 1WQ:57 de la Indenondenria Y
37 de la Restauracibn.
El Presidtnte, M. Ubaldo G6mw,.-Las Secretanus, E m .
que J. Castro.-L. I. Alvarez.