ResolucionNo. 374-22
Resolucion No. 374-22 - QUE APRUEBA EL ACUERDO DE SERVICIOS AÉREOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y EL GOBIERN...
- Publicacion
- 30 de diciembre de 2022
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
- 45 -
Res. núm. 374-22 que aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el gobierno de la
República Dominicana y el gobierno de la República Oriental del Uruguay, suscrito el
12 de noviembre de 2018. G. O. No. 11094 del 31 de diciembre de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. núm. 374-22
Visto: El artículo 93, numeral 1), literal l) de la Constitución de la República;
Visto: El Acuerdo de Servicios Aéreos entre el gobierno de la República Dominicana y el
gobierno de la República Oriental del Uruguay, suscrito en Santo Domingo, República
Dominicana en fecha 12 de noviembre del año 2018.
RESUELVE:
Único: Aprobar el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el gobierno de la República
Dominicana, representada por el entonces ministro de Relaciones Exteriores, señor Miguel
Vargas y el gobierno de la República Oriental del Uruguay, representado por el ministro de
Relaciones Exteriores, señor Rodolfo Nin Novoa, suscrito en Santo Domingo, República
Dominicana, el 12 de noviembre del año 2018. Este acuerdo tiene como objeto reconocer a
las partes los siguientes derechos:
a El derecho de sobrevolar el territorio de la otra parte contratante;
b El derecho de hacer escalas para fines no comerciales en dicho territorio;
c El derecho de prestar servicios regulares y no regulares, combinados de pasajeros y
carga o exclusivos de carga, entre los territorios de las partes y entre el territorio de
la parte contratante y cualquier tercer país, a través de su propio territorio, pudiendo
dichos servicios, cuando se trate de vuelos exclusivos de carga, no comprender
ningún punto del territorio de la parte que designa la línea aérea, sin limitaciones en
cuanto a rutas, frecuencias y material de vuelo, que podrá ser propio, arrendado o
fletado; que copiado a la letra dice así:
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Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del
mes de julio del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la Independencia y 159 de la
Restauración.
Eduardo Estrella
Presidente
Ginette Bournigal de Jiménez Lía Ynocencia Díaz Santana
Secretaria Secretaria
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
diecinueve (19) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la
Independencia y 160 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria
Presidente
Nelsa Shoraya Suárez Ariza Agustín Burgos Tejeda
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022);
años 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER