ResolucionNo. 31-25
Resolucion No. 31-25 - QUE APRUEBA EL CONVENIO DE CRÉDITO SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y EL INSTITUTO DE CRÉDITO ...
- Publicacion
- 27 de mayo de 2025
- Sala
- No informado
- Materia
- tierras
- Jurisdiccion
- tierras
- 65 -
Res. núm. 31-25 que aprueba el Convenio de Crédito suscrito entre la República Dominicana y el Instituto de Crédito Oficial, entidad pública empresarial del Reino de España, por hasta la suma de US$50,000,000.00 y el Anexo II sobre Condiciones de Ejecución del Programa del referido convenio de crédito, suscrito con la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional del Reino de España, ambos de fecha 20 de septiembre de 2024, concertado a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para el financiamiento del Programa de Saneamiento Universal en Localidades Costeras y Turísticas de la República Dominicana, el cual será ejecutado por el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA). G. O.
No. 11197 del 30 de mayo de 2025.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
Res. núm. 31-25
Visto: El artículo 93), numeral 1), literales j y k), de la Constitución de la República;
Visto: El Convenio de Crédito suscrito entre la República Dominicana y el Instituto de Crédito Oficial, entidad pública empresarial del Reino de España, por hasta la suma de cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$50,000,000.00), y el Anexo II sobre Condiciones de Ejecución del Programa del referido convenio de crédito, suscrito con la Secretaría de Estado de Cooperación internacional del Reino de España, ambos de fecha 20 de septiembre de 2024, concertado a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), para el financiamiento del Programa de Saneamiento Universal en Localidades Costeras y Turísticas de la República Dominicana, el cual será ejecutado por el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA).
RESUELVE:
Único: Aprobar el Convenio de Crédito suscrito entre la República Dominicana y el Instituto de Crédito Oficial, entidad pública empresarial del Reino de España, por hasta la suma de cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$50,000,000.00), y el Anexo II sobre Condiciones de Ejecución del Programa del referido convenio de crédito, suscrito con la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional del Reino de España, ambos de fecha 20 de septiembre de 2024, concertado a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), para el financiamiento del Programa de Saneamiento Universal en Localidades Costeras y Turísticas de la República Dominicana, el cual será ejecutado por el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA).
El objetivo del presente Convenio es mejorar las condiciones ambientales y la salud de los habitantes de las localidades beneficiadas por el Programa a través del acceso a servicios de saneamiento gestionados de manera sostenible y segura, que copiado a la letra dice así:
- 66 - - 67 - - 68 - - 69 - - 70 - - 71 - - 72 - - 73 - - 74 - - 75 - - 76 - - 77 - - 78 - - 79 - - 80 - - 81 - - 82 - - 83 - - 84 - - 85 - - 86 - - 87 - - 88 - - 89 - - 90 - - 91 - - 92 - - 93 - - 94 - - 95 - - 96 - - 97 - - 98 - - 99 - - 100 - - 101 - - 102 - - 103 - - 104 - - 105 - - 106 - - 107 - - 108 - - 109 - - 110 -
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025); años 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria Presidente
Eduviges María Bautista Gomera Julio Emil Durán Rodríguez Secretaria Secretario
Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025); años 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.
Ricardo De Los Santos Presidente
Lía Ynocencia Díaz Santana Aracelis Villanueva Figueroa Secretaria Secretaria
LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025); años 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER