ResolucionNo. 307-21
Resolucion No. 307-21 - QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LOS SEÑORES MARÍA E. SÁNCHEZ GUZMÁN DE...
- Publicacion
- 16 de agosto de 2021
- Sala
- No informado
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DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil nueve (2009); años 166 de la
Independencia y 147 de la Restauración.
Julio Cesar Valentín Jiminián
Presidente
Gladys Sofia Azcona de la Cruz Teodoro Ursino Reyes
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y ejecución.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021); año
178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Res. No. 307-21 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano y los
señores María E. Sánchez Guzmán de Abreu y José Bolívar Abreu Rodríguez, sobre el
traspaso por parte del primero a los segundos, de una porción de terreno de 413.46
metros cuadrados, dentro de la parcela No. 115-Ref-parte, del D.C. No. 6, ubicada en la
calle Roberto Pastoriza, No. 8, esq. calle Duvergé, sector Los Trinitarios, D.N. G. O. No.
11036 del 2 de septiembre de 2021.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 307-21
VISTO: El inciso 19 del art.37 de la Constitución de la República.
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VISTO: El contrato de compra-venta de terrenos suscrito en fecha 12 de julio del 2000, entre
el Estado dominicano y María E. Sánchez Guzmán de Abreu y José Bolívar Abreu Rodríguez.
R E S U E L V E:
UNICO: Aprobar el contrato de compra-venta de terrenos suscrito en fecha 12 de julio del
2000, entre el Estado dominicano, representado en este acto por el Administrador General de
Bienes Nacionales, Lic. CARLOS ALBERTO AMARANTE BARET, de una parte; y de la
otra parte, los señores María E. Sánchez Guzmán de Abreu y José Bolívar Abreu Rodríguez,
por medio del cual el primero traspasa a los segundos, a título de venta, una porción de terreno
con un área de 413.46 metros cuadrados, del ámbito de la parcela No.115-Ref.-parte, del
Distrito Catastral No.6, del, Distrito Nacional, ubicada en la calle Roberto Pastoriza No.8,
esq. calle Duvergé, del sector Los Trinitarios, de esta ciudad, valorado en la suma de
RD$148,845.00 (ciento cuarenta y ocho mil ochocientos cuarenta y cinco pesos con 00/100),
que copiado a la letra dice así:
CONTRATO DE VENTA DE INMUEBLE
12873
ENTRE: EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el
Administrador General de Bienes Nacionales, Lic. CARLOS ALBERTO AMARANTE
BARET, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario público, de este domicilio y
residencia, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 054-0006341-7, quien actúa en
virtud de las disposiciones contenidas en el Poder No.176-2000 de fecha 29 de mayo del
2000, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo facultad para el otorgamiento del presente
documento de una, y de la otra parte los señores María E. Sánchez Guzmán de Abreu y José
Bolívar Abreu Rodríguez, dominicanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de
identidad y electoral, respectivamente, Nos.001-0367656-5 y 001-0367178-0, domiciliados
y residentes, en esta ciudad, se ha convenido y pactado el siguiente:
CONTRATO
PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, representado como se ha indicado más arriba,
vende, cede y transfiere, con todas las garantías de derecho libre de cargas y gravámenes a
favor de los señores María E. Sánchez Guzmán de Abreu y José Bolívar Abreu Rodríguez,
quienes aceptan el inmueble que se describe a continuación
una porción de terreno con un área de 413.46 metros cuadrados, dentro del ámbito de la
parcela No.115-Ref.-parte, del Distrito Catastral No.6, del, Distrito Nacional, ubicada en la
calle Roberto Pastoriza No.8, esq. calle Duvergé, del sector Los Trinitarios, de esta ciudad.
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta ha sido
por la suma de, (RD$148,845.00) ciento cuarenta y ocho mil ochocientos cuarenta y cinco
pesos con 00/100, a razón de RD$360.00 el metro cuadrado, pagadero de la siguiente forma:
La suma de RD$29,769.00 (veintinueve mil setecientos sesenta y nueve pesos con 00/100)
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como inicial, pagada según consta en el recibo No.21311, de fecha 12 de julio de del año
2000, expedido por la Administración General de Bienes Nacionales y el resto o sea la suma
de RD$119,076.00 (ciento diecinueve mil setenta y seis pesos con 00/100) en 100
mensualidades iguales y consecutivas de RD$1,190.76 mil ciento noventa pesos más el 8%
de interés anual sobre el saldo insoluto.
TERCERO: Es convenido que en caso de demora por parte de LOS COMPRADORES en
el cumplimiento de su obligación de cubrir cualquier cuota fija dentro de los quince (15) días
que sigan a cada vencimiento ellos deberán pagar AL VENDEDOR un 1% (uno por ciento)
de interés por cada mes en retraso sobre el monto de las cuotas calculadas al día de pago, a
título compensativo y sin necesidad de intervención judicial alguna.
CUARTO: Queda expresamente establecido que el presente contrato deberá ser sometido al
Congreso Nacional para fines de aprobación, en virtud de que el inmueble a que el mismo se
contrae, tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00, (veinte mil pesos con
00/100).
QUINTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad sobre el
inmueble objeto del presente contrato en virtud del Certificado de Título No., expedido a su
favor por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional.
SEXTO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no
previsto en el mismo se remiten al Derecho Común.
HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para cada una de las
partes contratantes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del año dos mil (2000).
Por El Estado dominicano
Lic. Carlos Alberto Amarante Baret
Administrador General de Bienes Nacionales
María E. Sánchez Guzmán de Abreu José Bolívar Abreu Rodríguez
Compradora Comprador
YO, Dra. Elsa Gertrudis Pérez, Abogado-Notario Público de los del Número del Distrito
Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: De que las firmas que anteceden fueron puestas en mi
presencia libre y voluntariamente por los señores, Lic. Carlos Alberto Amarante Baret, María
E. Sánchez Guzmán de Abreu y Jose Bolívar Abreu Rodríguez, de generales que constan en
este mismo acto y me declararon que esas son las firmas que acostumbran usar en todos los
actos de su vida por lo que debe dárseles entera fe y crédito. En la ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio
del año dos mil (2000).
Dra. Elsa Gertrudis Pérez
Notario Público
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Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del
mes de octubre del año dos mil cuatro (2004) años 161 de la Independencia y 142 de la
Restauración.
Andrés Bautista García
Presidente
Melania Salvador de Jiménez Juan Antonio Morales Vilorio
Secretaria Secretario
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil nueve (2009); años 166 de la
Independencia y 147 de la Restauración.
Julio César Valentín Jiminián
Presidente
Gladys Sofía Azcona de la Cruz Teodoro Ursino Reyes
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y ejecución.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021); año
178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER