ResolucionNo. 301-21
Resolucion No. 301-21 - QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA SEÑORA NIDIA MARIANA HERNÁNDEZ N. D...
- Publicacion
- 16 de agosto de 2021
- Sala
- No informado
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Rubén Darío de la Cruz Ubiera Juan Roberto Rodríguez Hernández
Secretario Secretario Ad-Hoc
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil nueve (2009); años 166 de la
Independencia y 147 de la Restauración.
Julio César Valentín Jiminián
Presidente
Gladys Sofia Azcona de la Cruz Teodoro Ursino Reyes
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y ejecución.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021); año
178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Res. No. 301-21 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano y la señora
Nidia Mariana Hernández N. de Puello, por medio del cual el primero traspasa a la
segunda, una porción de terreno de 237.00 metros cuadrados, dentro de la parcela No.
56-B-1-A, del D.C. No. 3, ubicada en la calle 4ta, esq. calle Respaldo 3ra., sector Las
Caobas, D.N. G. O. No. 11036 del 2 de septiembre de 2021.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No.301-21
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VISTO: El inciso 19 del art.37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta de terrenos suscrito en fecha 16 de octubre del 2000, entre el
Estado dominicano y la señora Nidia Mariana Hernández N. De Puello.
R E S U E L V E:
UNICO: Aprobar el contrato de venta de terrenos suscrito en fecha 16 de octubre del 2000,
entre el Estado dominicano, representado en este acto por el Administrador General de Bienes
Nacionales, señor Lic. Víctor E. Tío Fernández, de una parte, y de la otra parte, la señora
Nidia Mariana Hernández N. de Puello, por medio del cual el primero traspasa a la segunda,
a título de venta, una porción de terreno con área de 237.00 metros cuadrados, dentro del
ámbito de la parcela No.56-B-1-A, del Distrito Catastral No.3, Distrito Nacional, ubicada en
la calle 4ta. Esq. calle Respaldo 3ra, sector Las Caobas, de esta ciudad, valorada por la suma
de RD$71,100.00, (setenta y un mil cien pesos con 00/100), que copiado a la letra dice así:
CONTRATO No. 0244
ENTRE EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el
Administrador General de Bienes Nacionales, Lic. Víctor E. Tío Fernández, dominicano,
mayor de edad, casado, funcionario público de este domicilio y residencia, provisto de la
cédula de identidad y electoral No. 001-0190691-5, quien actúa en virtud de las disposiciones
contenidas en el Poder No.397-2000 de fecha 15 de agosto del 2000, expedido por el Poder
Ejecutivo que lo faculta para el otorgamiento del presente documento, de una parte, y de la
otra parte, la señora Nidia Mariana Hernández N. de Puello, dominicana, mayor de edad,
portadora de la cédula de identidad y electoral No.001-0086562-5, domiciliada y residente
en esta ciudad, se ha convenido y pactado el siguiente:
CONTRATO:
PRIMERO: EL Estado dominicano representado como se ha indicado más arriba, vende,
cede y transfiere con todas las garantías de derecho, libre de cargas y gravámenes, en favor
de la señora Nidia Mariana Hernández N. de Puello, quien acepta el inmueble que se describe
a continuación:
Una porción de terreno con área de 237.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la
parcela No.56-B-1-A, del Distrito Catastral No.3, Distrito Nacional, ubicada en la
calle 4ta. Esq. calle Respaldo 3ra, sector Las Caobas, de esta ciudad.
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta ha sido
por la suma de RD$ RD$71,100.00, (setenta y un mil cien pesos con 00/100), a razón de
RD$300.00 el metro cuadrado, pagadero en la siguiente forma: la suma de RD$10,665.00
(diez mil seiscientos sesenta y cinco pesos con 00/100) como inicial, equivalente a 15% del
valor total, pagada mediante recibo No.22163 de fecha 16 de octubre del año 2000, expedido
por la Administración General de Bienes Nacionales, y el reto o sea, la suma de RD$
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60,435.00 (sesenta mil cuatrocientos treinta y cinco pesos con 00/100), en 48 mensualidades
de RD$1,259.07 (mil doscientos cincuenta y nueve pesos con 07/100), más el 8% de interés
anual sobre el saldo insoluto.
TERCERO: Es convenido que en caso de demora por parte de LA COMPRADORA en el
cumplimiento de sus obligaciones de cubrir cualquier cuota fija dentro de los quince (15) días
que sigan a cada vencimiento, ella deberá pagar al Vendedor un 1% (uno por ciento) de
interés por cada mes en retraso sobre el monto de las cuotas calculadas al día de pago, a título
compensativo y sin necesidad de intervención judicial alguna.
CUARTO: Queda expresamente establecido que el presente contrato deberá ser sometido al
Congreso Nacional para fines de aprobación, en virtud de que el inmueble a que el mismo se
contrae tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00, (veinte mil pesos con
00/100).
QUINTO: EL Estado dominicano justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble objeto
del presente contrato, en virtud del Certificado de Titulo No.-----, expedido a su favor por el
Registrador Títulos del Distrito Nacional.
SEXTO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no
previsto en el mismo se remiten al derecho común.
HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para cada una de las
partes contratantes. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año dos mil (2000).
POR EL ESTADO DOMINICANO:
Lic. Víctor E. Tío Fernández
Administrador General de Bienes Nacionales
Vendedor
Nidia Mariana Hernández N. de Puello
Compradora
YO, Dr. Ignacio Rodríguez Lucas, Abogado-Notario Público de los del Número del Distrito
Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: De que las firmas que anteceden fueron puestas en mi
presencia libre y voluntariamente por los señores, Lic. Víctor E. Tío Fernández y Nidia
Mariana Hernández N. de Puello, de generales que constan en este mismo acto y quienes me
declararon que esas son las firmas que acostumbran usar en todos los actos de su vida, por lo
que debe dárseles entera fe y crédito. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional,
capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año dos
mil (2000).
Dr. Ignacio Rodríguez Lucas
Abogado-Notario
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Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once (11) días del
mes de julio del año dos mil seis (2006), años 163 de la Independencia y 143 de la
Restauración.
Favián Antonio del Villar Aristy
Vicepresidente en Funciones
Rubén Darío Cruz Ubiera Juan Roberto Rodríguez Hernández
Secretario Ad-Hoc Secretario Ad-Hoc
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil nueve (2009); años 166 de la
Independencia y 147 de la Restauración.
Julio César Valentín Jiminián
Presidente
Gladys Sofía Azcona de la Cruz Teodoro Ursino Reyes
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y ejecución.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021); año
178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER