ResolucionNo. 23-24
Resolucion No. 23-24 - QUE APRUEBA EL ACUERDO DE TRANSPORTE AÉREO ENTRE EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS, RESPECTO A SAN MARTIN...
- Publicacion
- 29 de julio de 2024
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
- 33 -
Res. núm. 23-24 que aprueba el Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Reino de los
Países Bajos, respecto a San Martin, y la República Dominicana respecto al Transporte
Aéreo entre y más allá de sus respectivos territorios, suscrito en la ciudad de Santo
Domingo, República Dominicana el 13 de mayo de 2019. G. O. No. 11157 del 30 de julio
de 2024.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. Núm. 23-24
Visto: El artículo 93, numeral 1), literal L) de la Constitución de la República Dominicana.
Visto: El Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Reino de los Países Bajos, respecto a San
Martín, y la República Dominicana respecto al Transporte Aéreo entre y más allá de sus
respectivos territorios, suscrito en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el
13 de mayo de 2019.
Vista: La Sentencia del Tribunal Constitucional núm.TC/0237/21, de fecha 27 de agosto de
2021, relativa al control preventivo de constitucionalidad.
RESUELVE:
Único: Aprobar el Acuerdo de Transporte entre la República Dominicana, representada por
el entonces ministro de Relaciones Exteriores, señor Miguel Vargas y el Reino de los Países
Bajos, respecto a San Martín, representado por el ministro de Turismo, Asuntos Económicos,
Transporte y Telecomunicaciones, señor Stuart Andrew Johnson, respecto al Transporte
Aéreo entre y más allá de sus respectivos territorios, suscrito en Santo Domingo, República
Dominicana, el 13 de mayo del año 2019. El objeto de este Acuerdo es establecer el marco
bilateral de las relaciones aerocomerciales entre los dos Estados, que fomentarán el desarrollo
del transporte aéreo y la conectividad del país con otros destinos; que copiado a la letra dice
así:
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Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24)
días del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023); años 180 de la Independencia y
161 de la Restauración.
Ricardo De Los Santos
Presidente
Melania Salvador Jiménez Milcíades Franjul Pimentel
Secretaria Secretario
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
diez (10) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181.o de la
Independencia y 161.o de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria
Presidente
Nelsa Shoraya Suárez Ariza Agustín Burgos Tejada
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024);
años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER