ResolucionNo. 201-21
Resolucion No. 201-21 - QUE APRUEBA EL CONTRATO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL SEÑOR FAUSTO GENAO PAULINO, SOBRE LA VENTA P...
- Publicacion
- 15 de agosto de 2021
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
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Res. No. 201-21 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Fausto Genao Paulino, sobre la venta por parte del primero al segundo, de una porción de terreno de 981.40 metros cuadrados, dentro de la parcela No. 1-B-Ref., del D.C. No. 6, ubicada en Hainamosa, D.N. G. O. No. 11032 del 20 de agosto de 2021.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
Res. No. 201-21
VISTO: El Inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 1 de febrero de 1999, entre el Estado dominicano y el señor FAUSTO GENAO PAULINO.
RESUELVE
UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 1 de febrero de 1999, entre el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el administrador general de Bienes Nacionales, LIC. CARLOS ALBERTO AMARANTE BARET, de una parte, y de la otra parte, el señor FAUSTO GENAO PAULINO, por medio del cual el primero traspasa al segundo, una porción de terreno con un área de 981.40 metros cuadrados, dentro de la parcela No.1-B-Ref. parte, del Distrito Catastral No.6, del Distrito Nacional, ubicada en el sector Hainamosa, de esta ciudad, valorada en la suma de setentitrés mil seiscientos cinco pesos oro dominicanos con 00/100 (RD$73,605.00), que copiado a la letra dice así:
ENTRE: CONTRATO No.3425
EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el administrador general de Bienes Nacionales, señor LIC. CARLOS ALBERTO AMARANTE BARET de nacionalidad dominicana, mayor de edad, de estado civil casado, funcionario público, de este domicilio y residencia, portador de la cédula de identidad y electoral No. 054-0006341-7, quien actúa en virtud de las disposiciones contenidas en el poder de fecha 15 de enero de 1997, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del presente documento, de una parte, y de la otra parte, el señor FAUSTO GENAO PAULINO, dominicano, mayor de edad, soltero, domiciliado y residente en esta ciudad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1131639-4, se ha convenido y pactado el siguiente:
CONTRATO:
PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO por órgano representante, VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantías de derecho, libre de cargas y gravámenes, en favor del señor FAUSTO GENAO PAULINO, quien acepta el inmueble que se describe a continuación.
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Una porción de terreno con un área de 981.40 metros cuadrados, dentro de la parcela No.1-B-Ref.-parte, del Distrito Catastral No.6, del Distrito Nacional, ubicada en el sector Hainamosa, de esta ciudad.
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta, ha sido por la suma de RD$73,605.00 (setentitrés mil seiscientos cinco pesos oro dominicanos con 00/100), o sea, a razón de RD$75,00 el metro cuadrado, para ser pagada con un inicial de RD$22,081.50 (veintidós mil ochenta y un pesos con 50/100) equivalente al 30% del valor total, suma que EL COMPRADOR justifica que ha pagado mediante el recibo No.19343 de fecha 1 de febrero de 1999, expedido por la administración General de Bienes Nacionales, y el resto en 107 mensualidades consecutivas de RD$481.52 (cuatrocientos ochenta y un pesos con 52/100) cada una y una mensualidad de RD$482.48 (cuatrocientos ochenta y dos pesos con 48/100), más el 8% de interés anual sobre el saldo insoluto.
TERCERO: Se establece por medio del presente acto, que en caso de que el COMPRADOR pagare una (1) o más anualidades por adelantado, se libera del pago del 8%.
CUARTO: Es convenido que en caso de demora por parte del COMPRADOR en el cumplimiento de su obligación de cubrir cualquier cuota fija dentro de los quince (15) días que sigan a cada vencimiento, deberá pagar al VENDEDOR un 1% (uno por ciento) de interés por cada día de retraso sobre el monto de las cuotas atrasadas calculadas al día de pago, a título compensativo y sin necesidad de intervención judicial alguna.
QUINTO: EL COMPRADOR consiente en asumir la responsabilidad de cualquier reclamación o demanda en relación con el derecho de propiedad de las mejoras que se encuentren edificadas en la porción de terreno objeto de este caso.
SEXTO: El ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble indicado en este contrato, en virtud del Certificado de Título No.___, expedido a su favor por el registrador de títulos del Distrito Nacional.
SEPTIMO: Queda expresamente establecido que el presente contrato deberá ser sometido al Congreso Nacional para fines de aprobación, en virtud de que el inmueble a que el mismo se contrae tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00 (veinte mil pesos con 00/100).
OCTAVO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no previsto en el mismo, se remiten al Derecho Común.
HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para cada una de las partes contratantes. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1) día del mes de febrero del año mil novecientos noventa y nueve (1999).
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POR EL ESTADO DOMINICANO
Lic. Carlos Alberto Amarante Baret, Fausto Genao Paulino Administrador General de Bienes Nacionales COMPRADOR
VENDEDOR
YO, DRA. ELSA GERTRUDIS PEREZ, Abogado-Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas que anteceden, fueron puestas en mi presencia por los señores: LIC. CARLOS ALBERTO AMARANTE BARET y FAUSTO GENAO PAULINO, cuyas generales que constan en este mismo acto y quienes me declararon que son esas las firmas que acostumbran usar en todos los actos de su vida, por lo que debe dárseles entera fe y crédito. En la ciudad Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana al primer (1) día del mes de febrero del año mil novecientos noventa y nueve (1999).
DRA. ELSA GERTRUDIS PEREZ Notario Público
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año dos mil cuatro (2004); años 161 de la Independencia y 142 de la Restauración.
Andrés Bautista García Presidente
Melania Salvador de Jiménez Juan Antonio Morales Vilorio Secretaria Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil siete (2007); años 164 de la Independencia y 145 de la Restauración.
Julio César Valentín Jiminián Teodoro Ursino Reyes Presidente Secretario
María Cleofia Sánchez Lora Secretaria -37- _________________________________________________________________________
LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y ejecución.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Res. No. 202-21 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Luis Francisco Alba Martinez, representado por el Dr. Roberto J. Garcia Sánchez, en relación al traspaso por parte del primero al segundo, de una porción de terreno de 152.99 metros cuadrados, dentro del solar No. 5 (parte), manzana No. 139, del D.C. No.
1, del municipio Moca, provincia Espaillat, R.D. G. O. No. 11032 del 20 de agosto de 2021.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
Res. No. 202-21
VISTO: El Inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito de fecha 1 de agosto del 2001, entre el Estado dominicano y el señor LUIS FRANCISCO ALBA MARTÍNEZ, debidamente representado por el señor DR. ROBERTO J. GARCÍA SANCHEZ.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 1 de agosto del año 2001, entre el Estado dominicano, representado en este acto por el administrador general de Bienes Nacionales, señor BIENVENIDO BRITO, portador de la cédula de identidad y electoral No.
001-0901865-5, y de la otra parte, el señor LUIS FRANCISCO ALBA MARTÍNEZ, portador de la cédula de identidad y electoral No.054-0011909-4, debidamente representado por el señor DR. ROBERTO J. GARCÍA SANCHEZ, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0722501-3, por medio del cual la primera traspasa al segundo, a título de