ResolucionNo. 185-22
Resolucion No. 185-22 - QUE APRUEBA EL CONTRATO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL SEÑOR JESÚS ANTONIO FUENTES MARTÍNEZ, EN REL...
- Publicacion
- 13 de julio de 2022
- Sala
- No informado
- 329 -
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil siete (2007); años 164 de la
Independencia y 145 de la Restauración.
Julio César Valentín Jiminián,
Presidente.
Maria Cleofia Sánchez Lora Teodoro Ursino Reyes
Secretaria. Secretario.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Res. núm. 185-22 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Jesús
Antonio Fuentes Martínez, en relación al traspaso por parte del primero al segundo, de
una porción de terreno de 373.50Mts², dentro de la parcela No. 2-C, del D.C. No. 12,
sector Los Alcarrizos, D.N. G. O. No. 11073 del 14 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 185-22
VISTO: El inciso 19 del artículo 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 19 de julio de 1999, entre el Estado
dominicano y el señor JESUS ANTONIO FUENTES MARTINEZ.
- 330 -
R E S U E L V E:
UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 19 de julio de 1999, entre el
Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el señor LIC. CARLOS
ALBERTO AMARANTE BARET Administrador General de Bienes Nacionales, de una
parte, y de la otra parte, el señor JESUS ANTONIO FUENTES MARTINEZ, por medio del
cual el primero traspasa al segundo, a título de venta, una porción de terreno con un área de
TRESCIENTOS SETENTITRES PUNTO CINCUENTA (373.50) metros cuadrados, dentro
del ámbito de la parcela No.2-C, del D.C. No.12 del Distrito Nacional, ubicada en el sector
Los Alcarrizos, valorada en la suma de RD$74,700.00 (SETENTA Y CUATRO MIL
SETECIENTOS PESOS CON 00/100), que copiado a la letra dice así:
CONTRATO No. 1192
ENTRE: EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el
Administrador General de Bienes Nacionales, LIC. CARLOS ALBERTO AMARANTE
BARET, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario público, de este domicilio y
residencia, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral No. 054-0006341-7, quien actúa
en virtud de las disposiciones contenidas en el Poder No.120-99, d/f 26-5-1999, expedido
por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del presente documento de una
parte; y de la otra parte, el señor JESUS ANTONIO FUENTES MARTINEZ, dominicano,
mayor de edad, soltero, domiciliado y residente en la calle 22, casa No.1 del sector Savica,
Los Alcarrizos, de esta ciudad, portador de la cedula de identidad y electoral No.001-
0724973-2, se ha convenido y pactado el siguiente:
CONTRATO
PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, representado como se ha indicado más arriba,
vende, cede y transfiere, con todas las garantías de derecho, libre de cargas y gravámenes, en
favor del señor JESUS ANTONIO FUENTES MARTINEZ, quien acepta el inmueble que se
describe a continuación:
“Una porción de terreno con área de 373.50 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela
No.2-C, del Distrito Catastral No.12, del Distrito Nacional, ubicada en Los Alcarrizos.
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta ha sido
por la suma de RD$74,700.00 (SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS PESOS CON
00/100) o sea, a razón de RD$200.00 el metro cuadrado, para ser pagado con un inicial de
RD$22,410.00 (VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS DIEZ PESOS CON 00/100)
equivalente al 30% del valor total, pagado según contra en el recibo No.19671 de fecha 19
de julio de 1999, expedido por la Administración General de Bienes Nacionales, y el resto, o
sea la suma de RD$52,290.00 (CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA
PESOS CON 00/100) en 24 mensualidades consecutivas de RD$2,178.75 (DOS MIL
CIENTO SETENTA Y OCHO PESOS CON 75/100).
- 331 -
TERCERO: Es convenido que en caso de demora por parte del comprador en el
cumplimiento de su obligación de cubrir cualquier cuota fija dentro de los quince (15) días
que sigan a cada vencimiento deberá pagar al VENDEDOR un 1% (UNO POR CIENTO) de
interés por cada mes de retraso sobre el monto de las cuotas calculadas al día de pago, a título
compensativo y sin necesidad de intervención judicial alguna.
CUARTO: EL COMPRADOR consiente en asumir la responsabilidad de cualquier
reclamación o demanda en relación con el derecho de propiedad de las mejoras que se
encuentren edificadas en la porción de terreno objeto de este caso.
QUINTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad sobre el
inmueble objeto del presente contrato, en virtud del Certificado de Titulo No.-------, expedido
a su favor por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional.
SEXTO: Queda expresamente establecido que el presente contrato deberá ser sometido al
Congreso Nacional para fines de aprobación, en virtud de que el inmueble a que el mismo se
contrae tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00 (VEINTE MIL PESOS CON
00/100).
SEPTIMO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no
previsto en el mismo se remiten al derecho común.
HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para cada una de las
partes contratantes, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y
nueve (1999).
POR EL ESTADO DOMINICANO
LIC. CARLOS ALBERTO AMARANTE BARET
Administrador General de Bienes Nacionales
JESUS ANTONIO FUENTES MARTINEZ
Comprador
YO, DRA. ELSA GERTRUDIS PEREZ, Abogado - Notario Público de los del Número
del Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas que anteceden fueron
puestas en mi presencia libre y voluntariamente por los señores: LIC. CARLOS ALBERTO
AMARANTE BARET Y JESUS ANTONIO FUENTES MARTINEZ, de generales que
constan en este mismo acto y quienes me declararon que esas son las firmas que acostumbran
usar en todos los actos de su vida, por lo que debe dárseles entera fe y crédito. En la ciudad
de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve
(19) días del mes julio del año mil novecientos noventa y nueve (1999).
DRA. ELSA GERTRUDIS PEREZ
Abogado Notario
- 332 -
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del
mes de octubre del año dos mil cuatro (2004); años 161 de la Independencia y 142 de la
Restauración.
ANDRES BAUTISTA GARCIA
Presidente.
MELANIA SALVADOR DE JIMENEZ JUAN ANT. MORALES VILORIO
Secretaria Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil siete (2007); años 164 de la
Independencia y 145 de la Restauración.
Julio César Valentín Jiminián,
Presidente.
Maria Cleofia Sánchez Lora Teodoro Ursino Reyes
Secretaria. Secretario.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER