ResolucionNo. 15-25
Resolucion No. 15-25 - QUE APRUEBA LA ADENDA NO. 2 SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA FIDUCIARIA RESERVAS, S. A., SUS...
- Publicacion
- 17 de enero de 2025
- Sala
- No informado
- Materia
- contencioso-administrativo
- Jurisdiccion
- contencioso-administrativo
- 131 -
Res. núm. 15-25 que aprueba la Adenda No. 2 suscrito entre el Estado dominicano y la
Fiduciaria Reservas, S. A., suscrito el 22 de abril de 2022, al Contrato de Fideicomiso
de fecha 14 de enero de 2021, para el Desarrollo Turístico de la Provincia Pedernales
(Fideicomiso Pro-Pedernales). G. O. No. 11185 del 20 de enero de 2025.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. núm.15-25
Visto: El artículo 93), numeral 1) literal k) , de la Constitución de la República;
Vista: La Adenda No.2 suscrita entre el Estado dominicano y la Fiduciaria Reservas, S. A.,
suscrito el 22 de abril de 2022 al contrato de fideicomiso de fecha 14 de enero de 2021, para
el desarrollo turístico de la provincia Pedernales (Fideicomiso Pro-Pedernales).
RESUELVE:
Único: Aprobar la Adenda No. 2 suscrito entre el Estado dominicano y la Fiduciaria
Reservas, S. A., suscrito el 22 de abril de 2022 al contrato de fideicomiso de fecha 14 de
enero de 2021, para el desarrollo turístico de la provincia Pedernales (Fideicomiso Pro-
Pedernales).
El objetivo de la presente adenda es delimitar las funciones de cada órgano que componen el
Fideicomiso Pro-Pedernales, entre los cuales se destacan el Comité Administrativo del
Fideicomiso Pro-Pedernales, la Unidad de Gerencia Técnica del Fideicomiso Pro-Pedernales,
la Unidad Ejecutora del Fideicomiso Pro-Pedernales y el Comité de Compras y
Contrataciones del Fideicomiso Pro-Pedernales, que copiado a la letra dice así:
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Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
diecinueve (19) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de
la Independencia y 162 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria
Presidente
Eduviges María Bautista Gomera Julio Emil Durán Rodríguez
Secretaria Secretario
Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del
mes de enero del año dos mil veinticinco (2025); años 181 de la Independencia y 162 de la
Restauración.
Ricardo De Los Santos
Presidente
Lía Ynocencia Díaz Santana Aracelis Villanueva Figueroa
Secretaria Secretaria
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025);
años 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS BINADER