ResolucionNo. 12-24
Resolucion No. 12-24 - QUE APRUEBA LA CARTA MODIFICATORIA SUSCRITA ENTRE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y EL BANCO INTERAMERICANO ...
- Publicacion
- 16 de febrero de 2024
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
- 11 -
Res. núm. 12-24 que aprueba la carta modificatoria suscrita entre la República Dominicana
y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 15 de octubre de 2021, la cual tiene por
objeto acordar enmiendas contractuales necesarias en relación con las modificaciones a la
base del cálculo de los intereses correspondiente a los contratos de préstamo identificados en
su Anexo I, así como aquellas disposiciones contractuales que permitan conferirle al
prestatario la opción de conversión de la tasa de interés correspondiente a una tasa base
alternativa. G. O. No. 11142 del 16 de febrero de 2024.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. núm. 12-24
Visto: El artículo 93), numeral 1) literal k) de la Constitución de la República;
Vista: La carta modificatoria suscrita entre la República Dominicana y el Banco Interamericano
de Desarrollo (BID), el 15 de octubre de 2021, la cual tiene por objeto acordar enmiendas
contractuales necesarias en relación con las modificaciones a la base de cálculo de los intereses
correspondiente a los contratos de préstamos identificados en su Anexo I, así como aquellas
disposiciones contractuales que permitan conferirle al prestatario la opción de conversión de la tasa
de interés correspondiente a una tasa base alternativa.
RESUELVE:
Único: Aprobar la carta modificatoria suscrita entre la República Dominicana y el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), el 15 de octubre de 2021, la cual tiene por objeto acordar
enmiendas contractuales necesarias en relación con las modificaciones a la base de cálculo de los
intereses correspondiente a los contratos de préstamos identificados en su Anexo I, así como
aquellas disposiciones contractuales que permitan conferirle al prestatario la opción de conversión
de la tasa de interés correspondiente a una tasa base alternativa, que copiado a la letra dice así:
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- 14 -
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- 20 -
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo
Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días
del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023); años 180 de la Independencia y 161 de la
Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria
Presidente
Nelsa Shoraya Suárez Ariza Agustín Burgos Tejada
Secretaria Secretario
Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de
Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de
enero del año dos mil veinticuatro (2024); años 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
Ricardo De Los Santos
Presidente
Melania Salvador Jiménez Milcíades Franjul Pimentel
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a
los dieciséis (16) días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024); años 180 de la
Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER