LeyNo. 90-99
Ley No. 90-99 - QUE CREA UN JUZGADO DE PAZ EN EL DISTRITO MUNICIPAL DE GONZALO, EN ADICION A LOS JUZGADOS DE PAZ EXISTENTES EN LA PROVINCIA DE MONTE PLATA.
- Publicacion
- 18 de agosto de 1999
- Sala
- No informado
-19- LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica.
PROMULGO la presente Resolucihn y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiio 156 de la Independencia y 137 de la Restauracihn.
Leone1 Fernandez Ley No. 90-99 que crea un Juzgado de Paz en el Distrito Municipal de Gonzalo, en adicion a 10s Juzgados de Paz existentes en la provincia de Monte Plata.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Ley No. 9C99 CONSIDERANDO: Que es necesario la creacihn de un Juzgado de Paz en el Distrito Municipal de Gonzalo, como hrgano capaz de dirimir 10s conflictos que surjan entre 10s ciudadanos.
VISTO el Articulo 76 de la Constitucihn de la Republica sobre la creacihn de Juzgados de Paz en las jurisdicciones municipales.
VISTA la Ley No.193-97, del 4 de septiembre de 1997, que elevh la Seccihn Gonzalo a la categoria de Distrito Municipal.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
-20- Articulo 1.- Se crea un Juzgado de Paz en el Distrito Municipal de Gonzalo, en adicion a 10s Juzgados de Paz existentes en la provincia Monte Plata.
Articulo 2.- Los expedientes en estado de recibir fallos, pendientes en el Juzgado de Paz del municipio de Sabana Grande de Boya, correspondiente a1 Distrito Municipal de Gonzalo, seran decididos por el Juzgado apoderado.
Articulo 3.- El Poder Ejecutivo queda autorizado para hacer las apropiaciones de fondos por organo del departamento correspondiente para dotar a1 nuevo Juzgado de Paz de 10s servicios indispensables para su funcionamiento.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del mes de abril del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiio 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Hector Rafael Peguero Mendez Presidente Fatima del Rosario Perez Rodoli Secretaria Radhames Castro Secretario DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s seis (6) dias del mes de julio del aiio mil novecientos noventa y nueve; aiio 156 de la Independencia y 137 de la Restauracion.
Ramon Alburquerque Presidente Julio Gonzalez Burell Secretario Ad-Hoc.
Dagoberto Rodriguez Adames, Secretario LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana
-2 1 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 137 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez Dec. No. 358-99 que nombra a 10s licenciados Alejandrina Germin y Melaneo Paredes, Secretaria de Estado de la Presidencia y Director Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Dominicana, respectivamente.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 358-99 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente DECRETO:
Articulo 1.- La Licda. Alejandrina German, queda designada Secretaria de Estado de la Presidencia, en sustitucion del Lic. Danilo Medina, renunciante.
Articulo 2.- El Lic. Melaneo Paredes, queda designado Director Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Dorninicana, en sustitucion del Lic. Francisco Javier Garcia, renunciante.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 137 de la Restauracion.