LeyNo. 88-01
Ley No. 88-01 - QUE CREA EL DISTRITO MUNICIPAL EL PALMAR, PERTENECIENTE AL MUNICIPIO NEYBA.
- Publicacion
- 17 de mayo de 2001
- Sala
- No informado
- Materia
- contencioso-administrativo
- Jurisdiccion
- contencioso-administrativo
-94- PROMULGO la presente Resolucihn y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s trece (13) dias del mes de octubre del aiio dos mil, aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA Ley No. 88-01 que crea el Distrito Municipal El Palmar, perteneciente a1 municipio Neyba.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Ley No. 88-01 CONSIDERANDO: Que la Seccihn EL PALMAR ha crecido vertiginosamente en poblacihn y otros aspectos de la vida social como son: oficinas publicas, oficinas de administracihn del Ingenio de Barahona, centros comunales, de salud, escuelas, iglesias, centros deportivos, etc.
CONSIDERANDO: Que la Seccihn EL PALMAR es el centro hegemonic0 de accihn de todos 10s habitantes que residen en esa zona.
CONSIDERANDO: Que todos 10s dominicanos debemos regirnos por el marco institucional, he aqui el Distrito Municipal EL PALMAR.
VISTA la Ley No.5220, de fecha 21 de septiembre del aiio 1959, sobre Division Territorial de la Republica Dominicana y sus modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- Se crea el Distrito Municipal EL PALMAR, cuya comun cabecera sera: EL PALMAR.
ARTICULO 2.- El Batey No.3 quedara incluido en la comun cabecera del Distrito Municipal “EL PALMAR’.
-95- ARTICULO 3.- Los Bateyes No.1, 4, 5 e Isabela quedarin elevados a la categoria de Seccihn; el Batey No.2, seguira con la categoria de paraje adscrito a1 Batey o Seccihn Isabela; asimismo el Batey Cuchillo mantendra su categoria de Paraje, adscrito a1 Batey No.4, que en lo adelante quedara elevado a la categoria de Seccihn.
ARTICULO 4.- Este Distrito Municipal correspondera a1 Municipio cabecera de Neyba.
ARTICULO 5.- Para la ejecucihn de la presente ley, el Poder Ejecutivo, la Secretaria de Estado de Interior y Policia, la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduria General de la Republica adoptaran, cuantas medidas de caracter administrativo Sean necesarias.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s trece (13) dias del mes de marzo del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracihn.
Ramon Alburquerque Presidente Gerardo Apolinar Aquino Alvarez Secretario Ad-Hoc.
Julio Ant. Gonzalez Burell Secretario Ad-Hoc.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cimara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s dos (2) dias del mes de mayo del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracihn.
Rafaela Alburquerque Presidenta Ambrosina Saviiion Caceres Secretaria Rafael Angel Franjul Troncoso Secretario HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dorninicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica.
-96- PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominican% a 10s diecisiete (17) dias del mes de mayo del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA Res. No. 89-01 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado Dominican0 y la Sra.
Bertha Benides Flores N., sobre permuta de terrenos.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Res. No. 89-01 VISTO el Inciso del Articulo 37 de la Constitucihn de la Republica.
VISTO el contrato de permuta suscrito en fecha 4 de agosto del 1994, entre el ESTADO DOMINICANO y la seiiora BERTHA BENIDES FLORES N.
RESUELVE:
UNIC0.- APROBAR el contrato de permuta suscrito en fecha 4 de agosto de 1994, entre el ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el Secretario de Estado, Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ, de una parte; y de la otra parte, la seiiora BERTHA BENIDES FLORES N., por medio del cual el primero traspasa a la segunda, a titulo de permuta, una porcihn de terreno con area de 4,000.00 metros cuadrados, dentro del ambit0 de la parcela No. 1-B-Ref., del Distrito Catastral No.6, del Distrito Nacional, ubicada en el sector de Hainamosa, de esta ciudad, permutada por una porcihn de terreno con area de 300 tareas, dentro de la Parcela No.451, del Distrito Catastral No.9 del Municipio de Cotui, Provincia Sinchez Ramirez, del Municipio de Cotui, propiedad de segunda parte; que copiado a la letra dice asi:
ENTRE: CONTRATO No.1942