LeyNo. 71-02
Ley No. 71-02 - QUE DESIGNA CON EL NOMBRE DE "PUENTE PRESIDENTE JUAN BOSCH", LA EDIFICACION DEL MISMO NOMBRE PARALELA AL PUENTE JUAN PABLO Y DUARTE Y SOBRE EL RIO OZAMA, EN EL DISTRITO NACIONAL
- Publicacion
- 8 de mayo de 2002
- Sala
- No informado
-42 Rafaela Albuquerque Presidenta Ambrosina Saviiion Caceres Secretaria Hermes Juan Josk Ortiz Acevedo Secretario Ad-Hoc.
HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Resolucion y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s ocho (8) dias del mes de mayo del aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA Ley No. 71-02 que designa con el nombre de “Puente Presidente Juan Bosch”, la edificacion del mismo nombre paralela a1 Puente Juan Pablo Duarte y sobre el KO Ozama, en el Distrito Nacional.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Ley No. 71-02 CONSIDERANDO: Que el profesor Juan Bosch fue un dominicano ilustre que a lo largo de toda su fecunda existencia se constituyo en ejemplo paradigmatic0 de altas virtudes ciudadanas tanto para las presentes como para futuras generaciones del pais;
CONSIDERANDO: Que el profesor Juan Bosch fue un esclarecido humanista que se destaco seiialadamente en la vertical defensa de las mejores causas del ser
-43- humano tanto a escala universal como en lo concerniente particularmente a1 pueblo dominicano y a 10s valores esenciales de la dominicanidad;
CONSIDERANDO: Que el profesor Juan Bosch desarrollo una labor sociopolitica de vasta trascendencia continental y nacional que quedo reflejada no solo en el magisterio cotidiano que ejercio en su condicion de figura relevante de la politica latinoamericana y dominicana, sino tambien en su especifico rol de fundador de importantes organizaciones partidarias y de otra naturaleza en la Republica Dorninicana;
CONSIDERANDO: Que el profesor Juan Bosch fue un consumado maestro de la escritura que leg0 a la sociedad dominicana de hoy y de maiiana una obra formidable, como cultor literario y ensayista historic0 y politico, que se expreso en multiples y variados sentidos, enriqueciendo notablemente la bibliografia nacional;
CONSIDERANDO: Que el profesor Juan Bosch desempeiio la Primera Magistratura de la Nacion con decoro y dignidad ejemplares durante una epoca estelar de la historia de la Republica Dorninicana;
CONSIDERANDO: Que esas elevadas calidades convirtieron a1 profesor Juan Bosch en una figura historica de primer orden del siglo XX dominicano y que, por consiguiente, debe ser honrado y reverenciado por toda la colectividad nacional.
VISTA la Ley No. 2439, de fecha 8 de julio de 1950, sobre asignacion de nombres de personas, vivas o muertas, a divisiones politicas, obras, edificios, vias, etc., modificada por la Ley No. 49, de fecha 9 de noviembre de 1966.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- Se designa con el nombre de “Puente Presidente Juan Bosch’ la edificacion del mismo tipo que, paralela a1 Puente Juan Pablo Duarte y sobre el rio Ozama, se ha construido para viabilizar el mejoramiento de la comunicacion entre el Distrito Nacional y la Provincia de Santo Domingo.
ARTICULO 2.- Enviese a la Secretaria de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones y a1 Ayuntamiento del Distrito Nacional, asi como a las instituciones que resulte pertinente, para 10s fines correspondientes.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de diciembre del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
Andr6 Bautista Garcia Presidente
-44- Ramiro Espino Fermin Secretario Julio Ant. Gonzalez Burell Secretario Ad-Hoc.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s doce (12) dias del mes de marzo del aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
Rafaela Albuquerque Presidenta Ambrosina Saviiion Caceres Secretaria Rafael Angel Franjul Troncoso Secretario HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dorninicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s ocho (8) dias del mes de mayo del aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
-45- El suscrito: Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo Certifica que la presente publicacion es oficial Dr. Guido Gomez Mazara Santo Domingo, D. N., Republica Dorninicana