LeyNo. 65-96
Ley No. 65-96 - QUE ELEVA EL PARAJE EL ESTRECHO DEL MUNICIPIO DE LUPERON, A LA CATEGORIA DE SECCION
- Publicacion
- 14 de diciembre de 1996
- Sala
- No informado
- Materia
- contencioso-administrativo
- Jurisdiccion
- contencioso-administrativo
-25- Presidente Lorenzo Valdez Carrasco, Secretario.
Julio Ant. Altagracia Guzman, Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s doce (12) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion.
Enrique Pujals, Secretario Amable Aristy Castro, Presidente Miguel Andres Berroa Reyes, Secretario Ad-Hoc.
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez Ley No. 65-96 que eleva el Paraje El Estrecho del Municipio de Luperon, a la categoria de Seccion.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica
-26- Ley No. 65-96 CONSIDERANDO: Que el Paraje El Estrecho, del municipio de Luperon, ha obtenido un creciente desarrollo que justifica su elevacion de categoria;
CONSIDERANDO: Que dicho paraje es el de mayor desarrollo que todas las secciones que existen en la actualidad en el municipio Luperon;
CONSIDERANDO: Que la comunidad de El Estrecho cuenta con instituciones tales como: escuela primaria, liceo secundario, almacen de agricultura, oficina de correos y telecomunicaciones, farmacia, estacion de gasolina, almacenes de provisiones, ferreterias, decenas de colmados etc.;
CONSIDERANDO: Que es el poblado con mayor numero de votantes del municipio.
VISTA la Ley No.5220, sobre Division Territorial de la Republica Dorninicana, del 21 de septiembre de 1959.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Articulo 1.- El Paraje El Estrecho, Seccion La Sabana, del municipio de Luperon, provincia de Puerto Plata, queda elevado a la categoria de Seccion, con el nombre de El Estrecho. Contara con 10s Parajes Marisol, Cayacoa, El Estrecho Abajo, El Fundo y Arroyo Amargo.
Articulo 2.- El Poder Ejecutivo y la Secretaria de Estado de Interior y Policia adoptaran las medidas de caracter administrativo para la ejecucion de la presente ley.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cimara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion.
Hector Rafael Peguero Mendez, Presidente Lorenzo Valdez Carrasco, Secretario.
Julio Ant. Altagracia, Secretario.
-27- DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s siete (7) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion.
Amable Aristy Castro, Presidente Enrique Pujals, Secretario Miguel Andres Berroa Reyes, Secretario Ad-Hoc.- LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez Ley No. 66-96 que concede una pension del Estado a1 senor Enriquillo Carrasco Rubio.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Ley No. 66-96 CONSIDERANDO: Que el seiior Enriquillo Carrasco Rubio de 71 aiios de edad, se ha desempeiiado en varios cargos de la adrninistracion publica por un period0 superior a 10s 40 aiios;