LeyNo. 560
Ley No. 560 - SE PRESUPONE COMO INGRESO PROBABLE DURANTE EL AÑO 1921, LA SUMA DE $ 11,631,400.00
- Publicacion
- 11 de noviembre de 1920
- Sala
- No informado
- Materia
- laboral
- Jurisdiccion
- laboral
-
-499-
L
* GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO.
ORDEN ESECUTIVA No. 560.
G. 0. 317-1.
--
E n virtud de 10s poderes de que esta investido el Gobiernp
Militar de Santo Domingo, se establece la siguiente Ley de Pre-
supuesto para el aiio 1921.
CAPITULO I,
INGRESOS.
Se presupone como ingreso probable durante el aiio 1921, la
s u m de $11,631,400.00,distribuida asi :
Derechos de Importacidn y Ex- $6,500,000.
50,000.
portaci6n .................. 150,000.
130,000.
Derechos de Puerto ...........
Derechos Consulares . . . . . . . .
Impuesto de Muelle . . . . . . . . . .
Impuesto Produccih Alcohol 1,000,000*
Rentas Internas sobre Documen- 156,000.
tos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 600,000.
100,000.
c Rentas Internas sobre Productos
112,000.
Dom6stlcos . . . . . . . . . . . . . . 2,200.
Sellos de Correos ............. 4,000.
TelCgrafos. TelCfonos y R a d b 36,000.
5,200.
grafia ..................... 2,500.
Arrendamien tos . . . . . . . . . . . . . . 400,000.
Ventas Publicas . . . . . . . . . . . . . . 47,000.
Derechos de Registro . . . . . . . . . 7,500.
Apartados de Correos ........ 8,000.
Marcas de Fabrica 1.. ......... 3G,000.
Intereses sobre Ikpdsitos . . . . . .
h p u e s t o Ley dq Caminos . . . . . 11,000.
Diversos ....................
680,000.
Excedente Fondo de Fidelidad.. .
1,000,000.
Multas ......................
Recargos y Transferencias de
Patedtes ..................
Ferrocarril Central Dominican0
Ley’de Patentes. ..............
Ley de Impuesto a la Propiedad.
Ley de Impuesto sobre la renta 6O0,OOO. $11,63lAOq
a de Corporaciones y Sociedades
CIomerciales . . . . . . . . . . . . . . .
c
-500-
A DEDUCIR: *
Para intereses y m r t i z a c i 6 n
del Emprkstito $20,000,000.00. $2,800,000.00
Para intereses y amortizacicin de
la -emisi6n de Bonos 1918 -
$4,161,300 . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,168,000.00
Para intereses de la emisicin de 800,000.00
Bonos 1921 $10,000,000.00. . .
5 Por ciento estipulado en la Con-
vencicin Dominico-Aunericana
para que la Receptoria cubra 325,000.00
10s gastos de recaudaci6n . . . .
Honorarios personales, segun Ley 30,000.00
de Aduanas ................
60 Por ciento de 10s fondos co- 9,600.00
brados de acuerdo con la Ley 6,400.00
d e Caminos para trabajos es- 3,000.00
peciales en caminos y carre- 7,600.00
3,5Oi).OO
teras ......................
7,500 i 00
40 Por ciento de 10s fondos CO-
brados de acuerdo con la Ley
de Caminos atribuidss a 10s
Municipios . . . . . . . . . . . . . . .
Art. X de la Ley de Aranceles de
importaci6n y de expodacidn.
Para reembolsos probables por
derechos aduaneros cobrados
en exceso . . . . . . . . . . . . . . . . .
Para reembolsos de derechos so-
bre efectos para las fuerzas mi-
tares ......................
Para reembolso de sumas que
Sean cobradas en exceso sobre
Rentas Internas por errada a-
plicacibn, de las Tarifas y otras
causas, inclusive 10s reembol-
sos autorizados por la Orden
Ejecutiva No. 64 . . . . . . . . . . .
Pago a 10s Ayuntamientos de a- 580,000.00
cuerdo con la Ley de Impuesto
a la Propiedad . . . . . . . . . . . . .
Pago a 10s Ayuntamiento de a-
-501-
cuerdo con Orden Ejecutiva
No. 402 ..................
* 250,000.00
Reserva para Obras Pdblicas en
proyecto . . . . . . . . . . . . . . . . . . 250,000.00 $6,240,500.00
~-
Balance . . . . . . 5,390,980.00
--___-
Total . . . . . .$11,631,400.03
RESUMEN.
TNGRESOS.
Capitulo I $11,631,400.00
A deducir 6,2?10,503.00 $5 390 900.00
EGRESOS. $ 3,420.00
150,000.00
Capitulos 703,452.92
I1 Poder LegislativG 919,589.60
I11 Poder Ejecutivo 255,115.00
IV Poder Judicial 73,315.00
V Interior y Policia 885,840.00
214,985.00
a VI Sanidad y Beneficencia 799,131.50
254,066.00
VI1 Relaciones Exteriores
VI11 Hacienda y Cotmercio 1,130 000 I 00 $5,338.915.02
IX Agricultura e Inmigraci6n
X Foment0 y Comunicaciones
XI- Justicia e Instruccih PGblica
XI1 Justicia e Instrucci6n P6blica
Superavit $ 1,984.98
Articulo 1300.
A psrLir de la promulgnci6n de esta Ley, cessriin en funcio-
ncs 10s emp!eadcis jr fnncionarios cuya institu.ci6n 110 est6 C ~ T I S B -
gr-.da o pre-~istaen el articulado de esta Ley.
Parrafo ’lo. Los sGeldos especificados en la Ley correspon-
de:: :d LI~S;I-L~Lc~?.c%la smi:3 coiisignada p z r r c:!c!a emplco, ?; si el
plcarlo, a In r:r;xzi~.ci6ndel Seerctario del Kar!ic: corres-
i?le;zcedcl* a ~ , L I I I I ~ I Ie~:?.: SI! s~ie!d:,i ; ~ t ~ aS?l ,
inuari el payo de acuerdo con el sileldo estipu!:!tlo en el
sta eil vigor el 31 de Dicieinbre de 1920.
_-
.f ,.‘:i .i..i.iqf(J 2, “I‘cd,:;,:: !os pagos peiidientes a1 31 Diciembre
1‘383,dc s ~ ~ m ac3sijsignndas el Tresupuesto e n iiilgor a cr-a fe-
cha, o cuyo pago hubiese sidn aintorizado con anterioridad a. esa
-502-
PArra-Co 3. La compra, con .Condos previstos en este Pre-
m l i u e s t o , clc equipos o niateriales de cualquier naturaleza, pro-
piedad de Oficiales, Ileclutas o I<mpleados del Gobierno Domi- 8
nicano. o de las Fuerzas de Ocupncih de 10s Estaclos Unidos de
-503-
Ainkrica, directn o indirectamente, queda terminantemente pro
~
hibido, y cualquier Oficial, Recluta o Empleado que viole las dis-
Wsiciones de este phrraio, estarh sujeto a destituci6n inmedia-
ta del servicio del Gobierno.
Parrafo 90. No se podr&n utilizar ninguno de 10s fondos
apropiados en este Presupuesto para “Gastos Imprevistos” en
aumentar sueldos de empleados subalternos, ni para pagar a di-
clios empleados, por trabajos extras que rindan dentro o Piera
de las horas de Oficinns.
THOMAS SNOWDEN,
Contra-Almirante de la Armada
de 10s Estadoj U n l h a ,
Gobernador Militar de Santo Domingo.
Encargado da la Secretaria
de Estado de Hacieilda y Co-
mercic.
Arthur H. Xayo
Lieut. Conidr. (SC) U . S. wavy
I Por el Gobierno Militz- C?S
Ssnto Domingo.
3Jnnto Dominno. I:. 13
11 de Kwiembre de 1920.
CQRIEENO RI!LITA.R DE SANTO DBRIINGO.
Orden Ejecutiva No. 561.
G. 0. No. 3169.
ENMIENDA A LA LEY GENERAL DE ESTUDIOS,
E n virtud de 10s poderes de que esta investido el Gobierm
Militar de Santo Domingo se dicta y promulga la siguiente Or-
den Ejecutiva:
* A r t . 1.-§e modifica el articulo 39 de la Ley General de Ea-
tudios vigente (Orden Ejecutiva No. 145, de fecha 5 de Abril d e
1918), aiiadiendole el siguiente p k r a f o :