LeyNo. 5137
Ley No. 5137 - LEY RELATIVA A LOS ASUNTOS PENDIENTES DE SOLUCION DE CREARSE LA CORTE DE APELACION DE LA VEGA
- Publicacion
- 18 de julio de 1912
- Sala
- No informado
- Materia
- penal
- Jurisdiccion
- penal
COLECCION DE LEYES, DECRETOS &.-19¶2 191
Dada en la a l a de sesiones de la CBmara del Senado a 10s
diez y ocho dim del mes de Julio de 1912; afio 69 de la Indepen-
dencia y 49 de la Restauracidn.
El Presidente :-Ram6n 0. Lovat6n.-Los Secretarios :-
David E. Santamaria.-Josii R. L6pez.
Ejecfitese, comuniquese por la Secretaria de Estado corres-
pondiente, publicandose en todo el territorio de la RepGbliea pa-
ra su cumplimiento.
Dada en el Palacio Nacional de Smto Domingo, capital de
Ju Repiiblica, 8 10s 18 dias del mes de julio de 1912; aEo 69 de
la Independencia y_ 49 de la Restauracibn.
EI Presidente de la Reptiblicu,
E. VICTORIA.
Refrendada :-El Secrebrio de Estado de Justicia 6 Ins-
trucci6n P6blica :-A. M. Soler.
Slim. 5137.--LEY relativa a ios asuntos pa~cllentesde soluc;6ii
de crearse la Coi-te de Apelaci6n de La Vega.-G. 0. Nlim.
Zq16del 24 de Julio cie i912.
EL COKGRESO NACIONAL,
En Nombre de la Repfiblica.
Deciarada la urgencia
HA DADO LA SIGUIENTE
LEY
Art unico: iriszziiada ia Corte de Apdrici6n del 3epsrtanii.-n-
t o de L a i;ega todos 10s asuntos civiles, comerciales 6 penales,
procedentes de IOU Suzgados de Primera Instancis de 10s Dis-
$ribs Judiciales de La Vega, Macoris y SamanL, que sc encuen-
tren pendiente de sduci6n ante la Corte de Apelacidn del D e
partamento de Santiago, si ya estuvieren en estado seran deci-
didos por 6sta. Los que no se haliaren en estado 8 la publicaci6n
de la presente Ley seran resueltos por la Corte de La Vega. A1
efecto el Presidente de la Corte de Santiago hara remitir, por
Secretaria, 5 la de La Vega ios expedientes respectivw.
192 COLECCION r m_I_~-I L S I,IIKXETGY L - ~ Z
--___--
E n v i e s a1 Poder Ejecutivo para ~ O Sfines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones d ela Chmara de Diputados, B
10s 12 dim del mes de Julio de 1912; afio 69 de la Independencia
y 49 de la Rwta.uraci6n.
El Presidente :-Dr. Coiscou.-Los Secretarios :-C. A.
Nouel.-JosB Antonio Alvarez.
Dada en la sala de sesioltes de la CBxnara del Senado b 10s
17 dias del mes de Julio de 1912, aiio 69 de la Independencia y
49 de la Restauracih.
El Presidente :-Ram6n 0. Lovat6n.-Los Secre;tarios:-
David E. Santamaria.Tos4 R. L6pez.
Ejecdtese, comuniquese por la Secretaria correspondiente
debiendo publicarse e n todo el territorio de la Repdblica para su
cumplimiento.
Dada en Santo Domingo, capital de ia €Lepublica, B 10s 18
dias del mes de julio del 1912; aiio 69 de la Independencia y 49
de la Restauracih.
El Presidente de la Reptiblica,
E. VICTORIA.
Refrandada :-El Secrehrio de Justicia 6 Instruccih Pd-
Mica.-A. M. Soler.
Nun?. 5138.-LEY que concede pasaje gratuito a 10s Altos Fun-
cionarias en 10s buques y ferrocarriles del Estado.-G. 0.
NBm. 2316 del 24 de Julio de 1912.
E L CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la Repliblica.
HA DADO LA SIGUIENTE
LEY
Art. unico: Lou Altos Funcionarios de la Naci611, p d r h
vmjar gratuitamente en 10s buquea y ferrocarrile3 del Estado.
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