LeyNo. 45-02
Ley No. 45-02 - QUE DECLARA EL 4 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO, COMO DIA DEL CUERPO CONSULAR
- Publicacion
- 25 de marzo de 2002
- Sala
- No informado
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Ley No. 45-02 que declara el 4 de diciembre de cada aiio, como Dia del Cuerpo
Consular.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 45-02
CONSIDERANDO: Que el Cuerpo Consular en la Republica Dorninicana
esta integrado por una membresia de importantes y honorables representantes de 10s paises
que tienen relaciones diplomaticas con Republica Dorninicana;
CONSIDERANDO: Que es importante reafirmar, de manera especial, las
estrechas y cordiales relaciones entre el Gobierno, sus autoridades y el Cuerpo Consular;
CONSIDERANDO: Que es deseo del Cuerpo Consular, acreditado en la
Republica Dorninicana, resaltar y estrechar 10s lazos de amistad y mutuo respeto y
consideracion entre 10s consules acreditados en el pais e incidir de manera positiva en la
colectividad nacional y reconocer meritos y valores, dentro y fuera del Cuerpo Consular.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- Se designa el cuatro (4) de diciembre de cada aiio como
Dia del Cuerpo Consular.
ARTICULO 2.- Los Secretarios de Estado de Relaciones Exteriores y de
Interior y Policia quedan encargados de la fie1 ejecucion de la presente ley y elaboraran el
programa para la celebracion de cada aiio.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de octubre del aiio dos mil uno
(2001); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
Maximo Castro Silverio
Vicepresidente en Funciones
Ambrosina Saviiion Caceres Hermes Juan Josk Ortiz Acevedo
Secretaria Secretario
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DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s
cuatro (4) dias del mes de diciembre del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la
Independencia y 139 de la Restauracion.
A n d r 6 Bautista Garcia
Presidente
Cksar Diaz Filpo Pedro Luna Santos
Secretario Ad-Hoc. Secretario Ad-Hoc.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veinticinco (25) dias del mes de marzo del aiio
dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Res. No. 46-02 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado Dominican0 y la
Licda. Elena Estrella Garcia, sobre la venta de una porcion de terreno en el Distrito
Nacional.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 46-02
VISTO el Inciso 19 del Articulo 37 de la Constitucion de la Republica.
VISTO el contrato de venta suscrito en fecha 9 de febrero de 1999, entre el
ESTADO DOMINICAN0 y la seiiora ELENA ESTRELLA GARCIA.