LeyNo. 359-05
Ley No. 359-05 - QUE ELEVA LA SECCION LAS PALOMAS DEL MUNICIPIO LICEY AL MEDIO, PROVINCIA SANTIAGO, A LA CATEGORIA DE...
- Publicacion
- 10 de septiembre de 2005
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
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Ley No. 359-05 que eleva la seccion Las Palomas, del municipio Licey a1 Medio,
provincia Santiago, a la categoria de Distrito Municipal.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 359-05
CONSIDERANDO: El crecimiento demografico y poblacional de la
seccion de Las Palomas, luego de la construccion en su frontera con el municipio de Licey
y del importante aeropuerto internacional que sirve a toda la region del Cibao.
CONSIDERANDO: Que esta seccion ubicada a solo cinco minutos de la
segunda ciudad mas importante del pais y que 10s habitantes de Las Palomas del municipio
de Licey a1 Medio, provincia de Santiago de 10s Treinta Caballeros, constituyen un importe
soporte sostenido en desarrollo economico, cultural, social, deportivo y tambien en su
vocacion democratica, lo cual 10s hace merecedores de que su comunidad, demandante de
servicios que le son inherentes dado su nivel de desarrollo sea elevada a Distrito Municipal.
CONSIDERANDO: Que el censo poblacional recien realizado proyecta una
densidad poblacional y un indice de crecimientos importante de esta seccion suburbana,
que promete ademas ser una nueva entrada a Santiago, ya que es atravesada por la avenida
Circunvalacion Norte (en construccihn) por la parte Suroeste de la misma.
CONSIDERANDO: Que esta zona se caracteriza, ademas por una gran
actividad comercial, contando con : supermercado, supercolmados, tiendas de variedades y
fantasias, tiendas de electrodomesticos, tienda para la venta de telefonos celulares, agencia
de comunicacion, fabrica de muebles, en hierro, ebanisterias, talleres de reparacion para
vehiculos, fabrica de alimentos para animales, agroveterinarias, fabricas de cigarros,
carnicerias, barberias, salones de bellezas, bancas de apuestas, fabrica de block,
urbanizaciones privadas, proyectos habitacionales privados, proyectos avicolas y porcicolas
en grandes proporciones, ferreterias, clinicas dentales, consultorio medico, cabaiias
turisticas, centros de diversion, cuatro escuelas publicas, colegios privados, bomba de
combustibles, cuatro templos religiosos, entre 10s cuales se encuentra a1 parroquia San
Mateo, fabrica industrializada de dulces, farmacias, fabrica de persianas y ventanas,
pasteurizadota de jugos Bon, Aeropuerto Internacional del Cibao, galleras, cooperativa de
servicios multiples, clubes culturales y deportivos, pastorales juveniles, juntas de vecinos,
asociaciones de madres de familias, asociacion de agricultores, complejo deportivo privado
entre otros.
CONSIDERANDO: Que en lo referente a 10s servicios publicos cuenta con
electricidad, telefonos, agua, clinica rural (en construccion), y rutas de concho como son las
PS, PA, OMSA, asi como tambien algunos centros de telecomunicacion.
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HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- La seccihn de Las Palomas, del municipio de Liceo a1
Medio, provincia Santiago, queda elevada a la categoria de Distrito Municipal, la cual
asumira el nombre de Distrito Municipal de Las Palomas.
ARTICULO 2.- El Distrito Municipal de Las Palomas estara conformado
pro las siguientes secciones:
Seccihn Limonal y sus parajes: Salsa I, Salsa 11, Callejhn de la Alegria,
Callejhn Julio Blanco, El Cuco, Callejhn Polito, La Guama, Los Otilio, Callejhn Los
Torres, Km.9.
Seccihn Las Palomas Abajo y sus sectores: Las Acostas, EL Maco, Calle
Mella Calle Bordhn, Los Rodriguez, Los Santos urbanizacihn San Gregorio, urbanizacihn
Los Ureiias, Entrada de Paulino.
Seccihn Los Aristas y sus parejas: Los Lindanas, Los Martes, La Rosa
Prieta, La Rusia, Los Burgos.
Seccihn Las Palomas Arriba y sus parajes: Uveral, Los Castillos,
urbanizacihn Caraballo, Los Triunfel, Los Matas, Los Acevedos, Chucho Jorge.
ARTICULO 3.- Los parajes de Los Mirandas, Cruse de Chon, Los Portes,
Triple Play, Los Cruces, Los Colelos, quedan elevados a las categorias de seccihn.
ARTICULO 4.- Los limites del Distrito Municipal de Las Palomas: A1
Norte, hace frontera con el municipio de Tamboril; a1 Este, hace frontera con el municipio
de Licey a1 Medio; a1 Oeste, con el municipio de Santiago y a1 Sur, con el Distrito
Municipal Colorado.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de febrero del aiio dos mil cinco
(2005); aiios 161 de la Independencia y 142 de la Restauracihn.
Alfredo Pacheco Osoria,
Presidente
Nemencia de la Cruz Abad, Ilana Neuman Hernindez,
Secretaria Secretaria
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DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s
cuatro (4) dias del mes de mayo del aiio dos mil cinco (2005); aiios 161 de la
Independencia y 142 de la Restauracion.
Andrks Bautista Garcia,
Presidente
Juan Antonio Morales Vilorio, Cksar August0 Diaz Filpo,
Secretario Secretario Ad-Hoc.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s diez (10) dias del mes de septiembre del aiio dos mil cinco
(2005); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Ley No. 360-05 que eleva el paraje Boca de Mao, seccion Peiiuela, del municipio de
Esperanza, provincia Valverde, a la categoria de Distrito Municipal.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 360-05
CONSIDERANDO: Que el desarrollo de 10s pueblos en todo momento se
constituye en proceso indetenible, sustentado energicamente por 10s ciudadanos ocupados
de su comunidad.