LeyNo. 35-02
Ley No. 35-02 - QUE CONCEDE UNA PENSION DEL ESTADO AL SEÑOR JOSE CUEVAS PINEDA
- Publicacion
- 2 de febrero de 2002
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
-53-
Ley No. 35-02 que concede una pension del Estado a1 senor Josk Cuevas Pineda.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 35-02
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado Dominican0 reconocer 10s
meritos de ciudadanos y ciudadanas que mediante la prestacion continua de servicios
publicos les sirvieron a la sociedad dominicana con integridad y dedicacion plena a1 trabajo
y que por hallarse afectados de salud o por tener cualquier otra lirnitacion se ven
imposibilitados de proseguir realizando sus labores productivas para sus subsistencias;
CONSIDERANDO: Que el seiior JOSE CUEVAS PINEDA laboro por mas
de 20 aiios en la adrninistracion publica, llegando a ocupar cargos importantes tales como:
Militar Constitucionalista, Director de Transportacion de la Secretaria de Estado de
Agricultura, Vice-Consul en la ciudad de Boston, Massachussets;
CONSIDERANDO: Que el seiior JOSE CUEVAS PINEDA padece de
serios problemas de salud, 10s cuales le impiden continuar desempeiiando sus labores
productivas.
VISTO el Articulo 10 de la Ley No. 379, de fecha 11 de diciembre de 1981,
sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO PRIMERO.. Otorgar una pension del Estado a favor del seiior
JOSE CUEVAS PINEDA por la suma de RD$10,000.00 (DIEZ MIL PESOS CON OO/lOO)
mensuales.
ARTICULO SEGUNDO.. Dicha pension sera pagada con cargo a1 Fondo
de Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado de la Ley de Gastos Publicos.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a
10s doce (12) dias del mes de junio del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la
Independencia y 138 de la Restauracion.
Ramon Alburquerque
Presidente
-54-
Dario Ant. Gomez Martinez Domingo Enrique Martinez
Secretario Secretario Ad-Hoc.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de octubre del aiio dos mil uno
(2001); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
Rafaela Albuquerque
Presidenta
Ambrosina Saviiion Caceres Rafael Angel Franjul Troncoso
Secretaria Secretario
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s dos (2) dias del mes de febrero del aiio dos mil
dos (2002); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 190-02 que eleva el monto de la pension del Estado de que disfruta la senora
Eloisa Maria Roa Baez.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 190-02