LeyNo. 343-22
Ley No. 343-22 - QUE DESIGNA CON EL NOMBRE JOSÉ TOMÁS BINET MIES (TOMASITO) EL COMPLEJO DEPORTIVO DEL MUNICIPIO SAN P...
- Publicacion
- 28 de julio de 2022
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
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Ley núm. 343-22 que designa con el nombre José Tomás Binet Mies (Tomasito) el
complejo deportivo del municipio San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de
Macorís. G. O. No. 11076 del 29 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley núm. 343-22
Considerando primero: Que conforme a la Constitución es atribución del Congreso
conceder honores a los ciudadanos y ciudadanas distinguidos que hayan prestado
reconocidos servicios a la patria o a la humanidad.
Considerando segundo: Que José Tomás Binet Mies (Tomasito) nació en San Pedro de
Macorís el 2 de noviembre de 1930; es considerado uno de los atletas más completos del país
por su actuación en distintas disciplinas, fue exaltado en atletismo al Pabellón de la Fama del
Deporte Dominicano en el año 1993.
Considerando tercero: Que José Tomás Binet Mies (Tomasito) participó en la Serie
Mundial de Béisbol Amateur celebrada en La Habana, Cuba, en 1951, como jugador regular
del cuadro; formó parte del equipo del Liceo Secundario Juan Pablo Duarte del cual fue
seleccionado para participar en las competencias de atletismo para escoger a los atletas que
representarían a República Dominicana en los II Juegos Panamericanos México 1955; y en
1957, elegido por la Asociación de Cronistas Deportivos de Santo Domingo como “Atleta
del Año”.
Considerando cuarto: Que en 1959 José Tomás Binet Mies (Tomasito) ganó el primer lugar
en el salto de pértiga, el lanzamiento de jabalina, el disco y pesa. Además, en 1983 fue
seleccionado para llevar la antorcha en la inauguración de los Sextos Juegos Deportivos
Nacionales, realizados en la ciudad de San Pedro de Macorís. Se destacó en voleibol, béisbol
y baloncesto.
Considerando quinto: Que además de ser un destacado atleta, José Tomás Binet Mies
también ocupó la alcaldía del municipio San Pedro de Macorís, en el período 1974-1978.
Considerando sexto: Que su destacada participación en el campo nacional e internacional,
en diferentes disciplinas, lo hacen merecedor de recibir tributo de esta naturaleza, por parte
del pueblo dominicano.
Vista: La Constitución de la República.
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Vista: La Ley No.2439, del 8 de julio de 1950, sobre asignación de nombres a las divisiones
políticas, poblaciones, edificios, obras, vías, cosas y servicios públicos, modificada por la
Ley No.49, del 9 de noviembre de 1966.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1.- Objeto. Esta ley tiene por objeto designar con el nombre José Tomás Binet Mies
(Tomasito), el complejo deportivo del municipio San Pedro de Macorís, provincia San Pedro
de Macorís.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Esta ley se aplicará dentro del ámbito de la provincia
San Pedro de Macorís y de manera general en todo el territorio nacional.
Artículo 3.- Designación. Se designa con el nombre José Tomás Binet Mies (Tomasito) el
complejo deportivo del municipio San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís.
Artículo 4.- Colocación de nombre y tarja. Se ordena la colocación del nombre en bronce
en la parte frontal del complejo deportivo del municipio San Pedro de Macorís y una tarja
identificativa con datos biográficos de José Tomás Binet Mies (Tomasito).
Artículo 5.- Ejecución de la ley. El Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC)
tomará las medidas administrativas para la ejecución de la presente ley.
Artículo 6.- Identificación de fondos. Los fondos para la ejecución de esta ley provendrán
de los recursos económicos asignados al Ministerio de Deportes y Recreación en la Ley de
Presupuesto General del Estado.
Artículo 7.- Entrada en vigencia. Esta ley entrará en vigencia después de su promulgación
y publicación, según lo establecido en la Constitución de la República y transcurridos los
plazos fijados en el Código Civil de la República Dominicana.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la
Independencia y 159 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria
Presidente
Nelsa Shoraya Suárez Ariza Agustín Burgos Tejada
Secretaria Secretario
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Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del
mes de julio del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la Independencia y 159 de la
Restauración.
Eduardo Estrella
Presidente
Ginette Bournigal de Jiménez Lía Ynocencia Díaz Santana
Secretaria Secretaria
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su
conocimiento y ejecución.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022);
años 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Ley núm. 344-22 que designa con el nombre “Doctor Francisco Vicente Castro
Sandoval” el hospital municipal de Boca Chica, provincia Santo Domingo. G. O. No.
11076 del 29 de julio de 2022.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley núm. 344-22
Considerando primero: Que es atribución del Congreso Nacional conceder honores a
ciudadanos y ciudadanas que hayan prestado reconocido servicio a la patria y a la humanidad.