LeyNo. 316
Ley No. 316 - QUE APRUEBA UNA RESOLUCION DEL AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO RELATIVA A LA PRESENTACION DE TORNAGUIA...
- Publicacion
- 15 de julio de 1919
- Sala
- No informado
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Por cuanto el Ayuntamiento de Hato Mayor'. de eonfoimitiad con las atribuciones establecidas en 10s iricisos 10 y 12 del Articulo 32 de la Ley de Organizacidn Comunal, tisiw el prop& 5ito de realizar la prolongaci6n de la calle Duarte; y
Pur cuanto en la referida calle existe u n solar ! i a r t i d a r , vropiedad del seiior Bartolo Caldenten, que interrumpr. la prolongaci6n de dicha calle Duavte ;
Visto el Articulo 69 phrrafo 60 de la Constitucrc'ii del Es-
tai?o.
RESUELVE :
1.-Declarar de utilidad p6blica la prolongaci6n de la cdle Duarte, de la poblacidn de Hato Mayor.
B. H.FULLER.
Brigadier General U. S. W. C.
Gobernador Militar Interino de Santo Domingo.
h n t o Domingo, R. D.
S de Julio de 1919.
ORDEN EJECUTIVA No. 316 que aprueba una resoluci6n del Ayuntamiento de Santo Domingo relativa a la presentacibn de tornaguias, G. 0. Nlim. 3030.
GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO.
Orden Ejecutiva No. 316.
G. 0. No. 3030.
E l Gobierno Militar de Santo Domingo, en virtud de las fa- 1-uitades de que est& investido, aprueba y ordena el cmiplimiento de la resolucidn dictada por el Ayuntamiento de Santo Do- -163-
mingo en fecha 9 de Julio de 1919, que se copia a cnntinuaci6n:
EL AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMIYGO
En us0 de sus facultades.
RESUELVE :
Art. 1' Conceder a1 comercio y a 10s demis interesados, un plazo de treinta dias, a partir de la fecha en que furre promulgada a1 presente resolucih, para la presentacih de las tornaguias de reintegro que estuvieren pendientes de liqtidacih a!
SO de Junio, 1919, fecha en la cual ces6 el impuesto dc consumo.
PBrrafo: Vencido este plazo de treinta dias, el Ayuntamiento no aceptarii reclamacih alguna por concept0 del referido impuesto de Consumo.
Art. 29 P a r a la liyuidaci6n de las torilaguias qu? estuvieren pendientes a1 30 de Junio vencido, el Ayuntamiento designarA un oficial liquidador y un auxiliar de h t e , quimes percibirBn, mieptras dure s u cometido, un sueldo mensual igiial a1 que venian disfrutando el Director Inspector de la oficina de Consumo y m o de 10s Inspectores Ayudantes.
Art. 3'1 La presente resoluci6n sera sometida a la consideraci6n del Superior Gobierno para 10s efectos de su aprobaci6n.
Dada en la Casa Consistorial el dia 9 de Julio de 1919.
El Presidente ;
ARTURO J. PELERANO ALFAIJ.
El Secretario :
M. A. DE MARCHENA.
B. H. FULLER, Brigadier General, U. S. M. C., Gobernador Militar interino de
Santo Domingo.
Santo Domingo, R. D.,
Jnlio 15 de 1919.