LeyNo. 310-12
Ley No. 310-12 - QUE DESIGNA EN EL NOMBRE DE PROFESOR CESAR CACERES CASTILLO, EL LICEO DE LOS HATILLOS, DISTRITO MUNI...
- Publicacion
- 7 de diciembre de 2012
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
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Ley No. 310-12 que designa en el nombre de Profesor César Cáceres Castillo, el Liceo
de Los Hatillos, Distrito Municipal Guayabo Dulce, municipio de Hato Mayor. G. O.
No. 10703 del 14 de diciembre de 2012.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 310-12
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el profesor César Cáceres Castillo nació en el
municipio de San Pedro de Macorís, el día 17 de septiembre de 1934, y falleció en el
municipio de Hato Mayor, el 24 de agosto de 2004.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que el profesor César Cáceres Castillo realizó sus
estudios primarios en la escuela Abigail Mejía y en el Instituto Sergio Augusto Beras, de
Sabana de la Mar y El Seibo, respectivamente. Sus estudios secundarios los realizó en los
liceos Ulises Francisco Espaillat y en el Eugenio María de Hostos. También realizó
estudios técnicos vocacionales y de tecnología en el Seminario Bautista Dominicano, de
Hato Mayor. Además, estudios comerciales en el Instituto Comercial Baldomero Vásquez,
así como solfeo y saxofón. Posteriormente, aprendió locución en la Escuela Nacional de
Locución, en Santo Domingo, Cure-UASD. En el año 1995, obtuvo el título de
Licenciatura en Letras y Doctorado en la Divinidad del Colegio Universitario de Puerto
Rico.
CONSIDERANDO TERCERO: Que el profesor César Cáceres Castillo fue ayudante
docente de la Escuela Hogar José Martí, de Santo Domingo, a los 17 años, entre los años
1951 al 1952; profesor del Colegio Bautista Dominicano, en Hato Mayor, desde el año
1953 hasta el año 1965; profesor del Instituto Comercial Baldomero Vásquez, desde el año
1961 hasta el año 1964; director del Colegio Bautista Dominicano, desde el 1965 hasta el
1975; profesor del Liceo César Nicolás Penson, en Hato Mayor, desde el año 1962 hasta
1970, y director del mismo liceo, desde 1971 hasta el año 1999, entre otros cargos.
CONSIDERANDO CUARTO: Que el profesor César Cáceres Castillo también fue pastor
de la primera Iglesia Bautista Dominicana, en Hato Mayor, desde el año 1960 hasta 1987;
Secretario General de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), en Hato Mayor,
desde el año 1970 hasta el 1972; co-fundador del Liceo Nocturno Miguel Ángel Garrido, en
Hato Mayor; Presidente del Distrito No.55 de la Cooperativa Nacional de Maestros, en el
año 1980; Presidente de la Junta Municipal Electoral de Hato Mayor, desde el año 1978
hasta el 1993.
CONSIDERANDO QUINTO: Que este gran profesor también fue poeta y escritor, el cual
produjo los poemas Los Encantos de mi Soledad, Flor y Fruto, Tira la Simiente al Surco,
Espigas Maduras, Las Patridas, Liras del Corazón, Azules de la Vida, Isla Comoquiera,
Rebusco de la Última Cosecha, entre otros.
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CONSIDERANDO SEXTO: Que el profesor César Cáceres Castillo además preparó
varios dramas que fueron montados en su época, escribió 50 monográficos, 900 bosquejos
de charlas, conferencias, mensajes, entre otros, todo este pronunciamiento en su pueblo de
Hato Mayor, en el país y en el extranjero. Trabajó en varios programas de radio y televisión
en Hato Mayor y San Pedro de Macorís, produjo 50 canciones entre cristianas y a la patria
y escribió dos folletos de la estructura bíblica y el de legalismo de ayer y hoy.
CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que este profesor fue reconocido en varias ocasiones por
los honorables ayuntamientos de Hato Mayor, Consuelo y San Pedro de Macorís, así como
por el Club de la Compañía Anónima Tabacalera, la Dirección Regional de Educación,
Regional Este y los Matemáticos del Este, entre otros.
CONSIDERANDO OCTAVO: Que además el profesor César Cáceres Castillo realizó
una investigación acerca de Hato Mayor del Rey, su origen y desarrollo, y una
investigación de historia sobre la educación dominicana.
CONSIDERANDO NOVENO: Que este extraordinario hombre de bien, excelente
profesor, buen consejero, hombre honesto, serio y capaz por demás, un buen pastor,
intelectual, hombre querido por su pueblo, impulsó el desarrollo de la comunidad con la
enseñanza de jóvenes que hoy son los grandes hombres y mujeres de esta sociedad, los
cuales están diseminados en todo el territorio nacional y en el extranjero.
CONSIDERANDO DÉCIMO: Que es un clamor popular de todo el estudiantado de la
comunidad del Distrito Municipal de Guayabo Dulce, provincia de Hato Mayor, que el
liceo de esa comunidad lleve el nombre del profesor César Cáceres Castillo, por los méritos
que adornaron a ese gran educador.
VISTO: El Artículo 96, numeral 1, de la Constitución de la República Dominicana,
proclamada el 26 de enero de 2010.
VISTA: La Ley No.2439, del 8 de julio de 1950, sobre asignación de nombres a las
divisiones políticas, poblaciones, edificios, obras, vías, cosas y servicios públicos,
modificada por la Ley No.49, del 9 de noviembre de 1966.
VISTO: El Reglamento Interior de la Cámara de Diputados.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1.- Se designa con el nombre de “Profesor César Cáceres Castillo”, el Liceo de
Los Hatillos, Distrito Municipal Guayabo Dulce, provincia Hato Mayor.
Artículo 2.- El Ministerio de Educación queda encargado de la ejecución de la presente ley.
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DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a
los diecinueve días del mes de junio del año dos mil doce; años 169.º de la Independencia y
149.º de la Restauración.
Abel Atahualpa Martínez Durán
Presidente
Kenia Milagros Mejía Mercedes Orfelina Liseloth Arias Medrano
Secretaria Secretaria
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo
Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete
(07) días del mes de noviembre del año dos mil doce (2012); años 169 de la Independencia
y 150 de la Restauración.
Cristina Altagracia Lizardo Mézquita
Vicepresidenta en Funciones
Heinz Siegfried Vieluf Cabrera Juan Olando Mercedes Sena
Secretario Secretario Ad-Hoc.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de diciembre del año dos mil doce (2012); años
169 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA