LeyNo. 3-08
Ley No. 3-08 - QUE APRUEBA TRANSFERENCIAS DE FONDOS ENTRE CAPITULOS Y PROGRAMAS DE LA LEY DE GASTOS PUBLICOS PARA E...
- Publicacion
- 7 de enero de 2008
- Sala
- No informado
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Ley No. 3-08 que aprueba transferencias de fondos entre capitulos y programas de la
Ley de Gastos Publicos para el aiio 2007, por un monto de RD$1,500,000,000.00, para
cubrir gastos emergentes causados por la Tormenta Olga.
Ley No. 3-08 EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO UNICO: Transferencias: Se autoriza a1 Poder Ejecutivo realizar transferencia
de apropiacion entre capitulos y programas de la Ley de Gastos Publicos para el aiio 2007,
con el fin de cubrir gastos emergentes de la tormenta tropical “Olga”, de acuerdo con el
siguiente detalle.
DEL:
Fondo General
CAPITULO 998 ADMINISTRACION DE DEUDA PUBLICA Y ACTIVOS
FINANCIEROS
PROGRAMA 99 - “ADMINISTRACION DE ACTIVOS. PASIVOS Y TRANSFERENCIAS”
Actividad 0000 Administracion de Activos, Pasivos Y Transferencias
74 Incremento de Otros Activos Financieros 1.500.000.000
TOTAL PROGRAMA 99 1,500,000,000
AL:
CAPITULO 201 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
PROGRAMA 01 - “ACTIVIDADES CENTRALES”
Actividad 0028 Asistencia en desastres naturales 1.500.000.000
65 1% para Inversion de Calamidad Publica 1,500,000,000
TOTAL PROGRAMA 01 1,500,000,000
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DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dorninicana, a
10s catorce (14) dias del mes de diciembre del afio dos mil siete (2007); afios 164" de la
Independencia y 145" de la Restauracion.
Julio Cksar Valentin Jiminian
Presidente
Maria Cleofia Sanchez Lora Teodoro Ursino Reyes
Secretaria Secretario
DADA en Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dorninicana, a 10s dieciocho (18)
dias del mes de diciembre del aiio dos mil siete (2007); aiios 164 de la Independencia y 145
de la Restauracion.
Cristina Altagracia Lizard0 Mezquita
Vicepresidenta en Funciones
Dionis Alfonso Sanchez Carrasco R u b h Dario Cruz Ubiera
Secretario Secretario
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la
Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s siete (07) dias del mes de enero del aiio dos mil ocho (2008); aiios 164
de la Independencia y 145 de la Restauracion.
LEONELFERNANDEZ