LeyNo. 26-24
Ley No. 26-24 - QUE MODIFICA LA LEY NÚM. 80-23, DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2023, QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ...
- Publicacion
- 29 de julio de 2024
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
- 58 -
Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días
del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 161 de
la Restauración.
Ricardo De Los Santos
Presidente
Melania Salvador Jiménez José Del Castillo Saviñón
Secretaria Secretario ad hoc
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024);
años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Ley núm. 26-24 que modifica la Ley núm. 80-23, del 20 de diciembre de 2023, que
aprueba el Presupuesto General del Estado para el ejercicio presupuestario del año
2024. G. O. No. 11157 del 30 de julio de 2024.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley núm. 26-24
Considerando primero: Que es facultad y deber constitucional del presidente de la
República, en su calidad de jefe del Gobierno, velar por la buena recaudación y fiel inversión
de las rentas nacionales;
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Considerando segundo: Que el mayor dinamismo de los ingresos recaudados en el primer
semestre del año con relación al Presupuesto General del Estado ha sido el resultado del
crecimiento de la economía alrededor de su nivel potencial; a variables o impulsores externos
como la llegada de pasajeros, mayor inversión extranjera, alza en las remesas, entre otros, así
como a las medidas administrativas implementadas por la autoridad tributaria para el
cumplimiento de los deberes formales y sustantivos de los contribuyentes;
Considerando tercero: Que el Gobierno dominicano está recibiendo ingresos no
contemplados en la Ley núm.80-23, del 20 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto
General del Estado para el año 2024; entre los que se destacan aumentos en las recaudaciones
de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la Dirección General de Aduanas
(DGA), y aumentos de recaudación por la Tesorería Nacional provenientes de las
transferencias de otras instituciones públicas, tales como la Empresa de Transmisión
Eléctrica Dominicana (ETED), la Empresa Generadora Hidroeléctrica Dominicana
(EGEHID), la Superintendencia de Bancos y el Instituto Dominicano de Aviación Civil;
Considerando cuarto: Que el Gobierno dominicano continuará su Plan Integral de
Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional, desarrollando las capacidades e
incrementando sus recursos para fortalecer el fiel cumplimiento de sus funciones;
Considerando quinto: Que el Estado igualmente tiene la responsabilidad de garantizar a las
personas el acceso a bienes y servicios públicos, mediante la promoción de planes y
programas de interés social, dando prioridad a los derechos económicos y sociales de la
población de menores ingresos, así como la asistencia a los grupos y sectores vulnerables;
Considerando sexto: Que, conforme al mandato constitucional de la República, una vez
aprobada la Ley de Presupuesto General del Estado, no podrán trasladarse recursos
presupuestarios de una institución a otra, sino en virtud de una ley que autorice la
modificación;
Considerando séptimo: Que el artículo 48 de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector
Público núm.423-06, dispone que, para el Poder Ejecutivo introducir modificaciones en la
Ley de Presupuesto General del Estado que sean competencia del Congreso Nacional, deberá
introducir un proyecto de ley.
Vista: La Constitución de la República Dominicana.
Vista: La Ley núm.6-06, del 20 de enero de 2006, de Crédito Público. Gaceta Oficial
No.10352.
Vista: La Ley Orgánica núm.423-06, del 17 de noviembre de 2006, de Presupuesto para el
Sector Público. Gaceta Oficial núm.10392.
Vista: La Ley núm.80-23, del 20 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto General
del Estado para el año 2024. Gaceta Oficial núm.11136.
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Vista: Ley núm.7-24, del 16 de enero de 2024, que autoriza al Poder Ejecutivo, a través del
Ministerio de Hacienda, a efectuar la emisión y colocación de valores de deuda pública por
hasta un monto máximo de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta millones
doscientos doce mil ciento dieciocho pesos dominicanos con 00/100
(RD$344,980,212,118.00) o su equivalente en moneda extranjera. Gaceta Oficial
núm.11139, del 17 de enero de 2024.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1.- Estimación de ingresos. Se aprueba una nueva estimación de los ingresos del
Gobierno Central para el ejercicio presupuestario del año 2024, por un monto de un millón
de millones doscientos veintidós mil setecientos treinta y cuatro millones cuatrocientos seis
mil ochocientos cincuenta y nueve pesos dominicanos (RD$1,222,734,406,859).
Artículo 2.- Total de erogaciones. Se aprueba al Gobierno Central un nuevo total de
erogaciones para el ejercicio presupuestario del año 2024, por un monto de un millón de
millones quinientos sesenta y siete mil setecientos catorce millones seiscientos dieciocho mil
novecientos setenta y siete pesos dominicanos (RD$1,567,714,618,977), de acuerdo con el
siguiente detalle:
(EN RD$) 1,454,046,519,373373
113,668,099,604
1- GASTOS
2- APLICACIONES FINANCIERAS 1,567,714,618,977977
TOTAL DE EROGACIONES (1+2)
Artículo 3.- Resultado financiero del Gobierno Central. Se aprueba para el ejercicio
presupuestario del año 2024, como resultado de lo establecido en los artículos 1 y 2 de la
presente ley, un déficit financiero de doscientos treinta y un mil trescientos doce millones
ciento doce mil quinientos catorce pesos dominicanos (RD$231,312,112,514), de acuerdo
con el desglose siguiente:
(EN RD$) 1,222,734,406,859
1- 1- TOTAL DE INGRESOS 1,454,046,519,373
2- 2- TOTAL DE GASTOS (231,312,112,514)
RESULTADO FINANCIERO (1-2)
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Artículo 4.- Incremento en las apropiaciones de gastos. Se autoriza al Poder Ejecutivo a
incrementar las apropiaciones presupuestarias de gastos por un monto de treinta y cinco mil
trescientos sesenta millones cuatro mil cuatrocientos veintitrés pesos dominicanos
(RD$35,360,004,423), que se destinarán de acuerdo con el detalle del Cuadro núm. 1. Este
monto ha sido incluido en el total de erogaciones indicado en el artículo 2 de la presente ley.
CUADRO 1: AUMENTO DE APROPIACIONES DE GASTOS
VALORES EN RD$
DETALLLE AUMENTO
35,360,004,423
GASTOS
320,257,980
0201 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 3,871,096,767
0202 MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA 97,113,875
20,330,808
0203 MINISTERIO DE DEFENSA 7,059,034,492
27,177,500
0205 MINISTERIO DE HACIENDA 7,000,000,000
0207 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL 6,967,253
6,399,950,000
0209 MINISTERIO DE TRABAJO 2,520,800,000
8,037,275,748
0212 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MIPYMES (MICM)
35,360,004,423
0220 MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO
0223 MINISTERIO DE LA VIVIENDA, HABITAT Y EDIFICACIONES (MIVHED)
0401 JUNTA CENTRAL ELECTORAL
0999 ADMINISTRACIÓN DE OBLIGACIONES DEL TESORO NACIONAL
Total
Artículo 5.- Autorización a realizar traspasos de apropiaciones. Se autoriza al Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar los traspasos de apropiaciones entre
fuentes y capítulos del Gobierno Central, de los Organismos Autónomos y Descentralizados
no Financieros contempladas en la Ley núm.80-23, que aprueba el Presupuesto General del
Estado 2024, por un monto de diecisiete mil doscientos treinta y ocho millones trescientos
noventa y un mil cuarenta y cuatro pesos dominicanos (RD$17,238,391,044), conforme los
Cuadros 2 y 3 :
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CUADRO 2: DISMINUCIÓN DE APROPIACIONES
VALORES EN RD$
DETALLLE DISMINUCION
GASTOS 16,476,391,044
0201 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 43,968,186
254,259,142
0204 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 245,723,069
0206 MINISTERIO DE EDUCACIÓN 6,199,988
13,089,934,784
0209 MINISTERIO DE TRABAJO
1,085,945,000
0211 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES 10,000,000
16,563,250
0213 MINISTERIO DE TURISMO
1,723,797,625
0216 MINISTERIO DE CULTURA 762,000,000
0220 MINISTERIO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO 762,000,000
0222 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 17,238,391,044
APLICACIONES FINANCIERAS
0999 ADMINISTRACIÓN DE OBLIGACIONES DEL TESORO NACIONAL
Total
CUADRO 3: AUMENTO DE APROPIACIONES
VALORES EN RD$
DETALLLE AUMENTO
GASTOS 16,476,391,044
0101 SENADO DE LA REPÚBLICA 100,000,000
0102 CÁMARA DE DIPUTADOS 100,000,000
0202 MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA 2,873,856,698
0203 MINISTERIO DE DEFENSA 3,686,681,007
0205 MINISTERIO DE HACIENDA 1,480,136,020
0206 MINISTERIO DE EDUCACIÓN 164,723,068
0207 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL 6,199,988
0208 MINISTERIO DE DEPORTES Y RECREACIÓN
0210 MINISTERIO DE AGRICULTURA 300,000,000
0217 MINISTERIO DE LA JUVENTUD 2,075,893,904
10,452,445
0218 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 2,155,543,617
0219 MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR CIENCIA Y TECNOLOGÍA 15,000,000
0221 MINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
0301 PODER JUDICIAL 175,408,482
921,000,000
0404 DEFENSOR DEL PUEBLO 64,361,485
0406 OFICINA NACIONAL DE DEFENSA PUBLICA 185,567,941
0999 ADMINISTRACIÓN DE OBLIGACIONES DEL TESORO NACIONAL 2,161,566,389
APLICACIONES FINANCIERAS 762,000,000
0206 MINISTERIO DE EDUCACIÓN 81,000,000
0210 MINISTERIO DE AGRICULTURA 681,000,000
Total 17,238,391,044
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Artículo 6.- Autorización para uso de fuentes. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del
Ministerio de Hacienda, a utilizar como fuentes financieras el balance neto de disponibilidad
de periodo fiscal 2023, por un monto de diez mil quinientos millones de pesos dominicanos
(RD$10,500,000,000), para cubrir los imprevistos que se establecen en el artículo 33, de la
Ley Orgánica de Presupuesto núm.423-06, siempre que la situación que origina el imprevisto
sea calificada como calamidad y/o emergencia pública mediante decreto presidencial,
conforme establece el artículo 43 de la Ley núm.80-23.
Artículo 7.- Administración de pasivos. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del
Ministerio de Hacienda, a realizar operaciones de manejo, administración y gestión de
pasivos durante el año 2024, por hasta el diez por ciento del balance de la deuda del Sector
Público No Financiero, que tengan como objetivo reducir el monto, el servicio de la deuda
externa e interna de dicho sector y el riesgo a exposición cambiaria, a través de emisiones de
títulos de deuda para canjear o recomprar pasivos de deuda. Los valores de deuda a ser
emitidos, en pesos dominicanos o en moneda extranjera, se harán al plazo más conveniente
al perfil de vencimiento de la deuda del Sector Público No Financiero.
Párrafo.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar las
modificaciones presupuestarias correspondientes a las aplicaciones financieras producto de
cualquier operación de administración de pasivo realizada en cumplimiento con lo
establecido en Ley núm.7-24 que autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de
Hacienda, a efectuar la emisión y colocación de valores de deuda pública por hasta un monto
máximo de trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta millones doscientos doce
mil ciento dieciocho pesos dominicanos (RD$344,980,212,118) o su equivalente en moneda
extranjera.
Artículo 8.- Modificaciones a operaciones de créditos a contratar. Se modifica el artículo
70 de la Ley núm.80-23, en los numerales del 42 al 49 y se incluye el numeral 50, para que
se lea de la manera siguiente:
“Artículo 70.- Operaciones de créditos a contratar autorizadas. Se autoriza al Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a contratar las siguientes operaciones de
crédito público para proyectos de inversión específicos:
1) Programa de Apoyo a la Mejora de las Redes de Distribución Eléctrica
(Ejecutor: Ministerio de Energía y Minas –MEM- y/o Empresa Distribuidora de
Electricidad del Sur -EDESUR- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Este
-EDEESTE- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte -EDENORTE-,
cuyo monto máximo de contratación asciende a setenta y cinco millones de dólares
estadounidenses (US$75,000,000), a ser concertado con la Corporación Andina de
Fomento (CAF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en
el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
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2) Proyecto de Inclusión Productiva y Resiliencia de Familias Rurales Pobres,
Pro-Rural Inclusivo (Ejecutor: Ministerio de Planificación, Economía y Desarrollo
-MEPyD- y el Ministerio de Agricultura -MA-), cuyo monto máximo de
contratación asciende a veinte millones de dólares estadounidenses
(US$20,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a una tasa de
interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
3) Proyecto Educación Tecnológica para la Industria 4.0. (Ejecutor: Ministerio de
Educación Superior, Ciencia y Tecnología -MESCyT- y el Instituto Nacional de
Formación Técnico Profesional -INFOTEP-), cuyo monto máximo de contratación
asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000), o su
equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en
caso de que aplique, a ser concertado con la Agencia de Cooperación Internacional
para el Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel
(MASHAV), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el
mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
4) Proyecto para la Gestión Integral y Sostenible de los Residuos Sólidos en el
Gran Santo Domingo (Ejecutor: Ministerio de Medio Ambiente y Recursos
Naturales -MIMARENA-y el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte -ASDN-),
cuyo monto máximo de contratación asciende a ciento diez millones de dólares
estadounidenses (US$110,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser
concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),la Agencia de
Cooperación Japonesa (JICA) y la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo (AECID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las
vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7
años.
5) Programa de Apoyo al Reposicionamiento de República Dominicana en las
Cadenas Globales de Valor (Ejecutor: Ministerio de Industria Comercio y
MIPYMES), cuyo monto máximo de contratación asciende a sesenta millones de
dólares estadounidenses (US$60,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser
concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés
y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
6) Programa de Mejoramiento del Sistema de Distribución a Nivel Nacional
(Ejecutor: Ministerio de Energía y Minas –MEM- y/o Empresa Distribuidora de
Electricidad del Sur -EDESUR- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Este
-EDEESTE- y/o Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte -EDENORTE-),
cuyo monto máximo de contratación asciende a ciento veinte millones de dólares
estadounidenses (US$120,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser
concertado con el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID), a una tasa
de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
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7) Proyecto de Gestión Costera Sostenible (Ejecutor: Ministerio de Turismo -
MITUR-, cuyo monto máximo de contratación asciende a setenta millones de
dólares estadounidenses (US$70,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser
concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés
y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
8) Proyecto de Construcción de la Línea 2-C del Metro de Santo Domingo
(Ejecutor: Oficina para el Reordenamiento del Transporte -OPRET-, cuyo monto
máximo de contratación asciende a quinientos millones de dólares estadounidenses
(US$500,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia
Francesa de Desarrollo (AFD) y el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes
en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
9) Programa de Financiación de Inversiones Sostenibles en el Sector Agrícola
(Ejecutor: Ministerio de Agricultura -MA-), cuyo monto máximo de contratación
asciende a ciento veinte millones de dólares estadounidenses (US$120,000,000), o
su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID) y la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), a una tasa de interés
y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
10) Proyecto de Acueducto Múltiple Región Suroeste (ASURO) (Ejecutor: Instituto
Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo de
contratación asciende a ochenta millones novecientos mil dólares estadounidenses
(US$80,900,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de
seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca
internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el
mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
11) Proyecto de Ampliación de Acueducto Múltiple San Juan de la Maguana-Juan
Herrera-Las Matas de Farfán, provincia San Juan (Ejecutor: Instituto Nacional
de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo de contratación
asciende a ochenta y cuatro millones quinientos mil dólares estadounidenses
(US$84,500,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de
seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la Corporación
Andina de Fomento (CAF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las
vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7
años.
12) Proyecto de Ampliación y Reforzamiento del Acueducto Múltiple Azua-Palmar
de Ocoa (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-
), cuyo monto máximo de contratación asciende a cuarenta y ocho millones
ochocientos mil dólares estadounidenses (US$48,800,000), o su equivalente en otra
moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique,
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a ser concertado con la Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo del
Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel (MASHAV), a una tasa de
interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
13) Proyecto de Saneamiento Universal en Localidades Costeras y Turísticas de la
República Dominicana – Fase I (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y
Alcantarillados - INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a
doscientos millones de dólares estadounidenses (US$200,000,000), o su equivalente
en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a
una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la
República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
14) Programa de Apoyo a la Consolidación de un Sistema de Protección Social
Inclusivo en República Dominicana (Ejecutor: Programa SUPÉRATE), cuyo
monto máximo asciende a cien millones de dólares estadounidenses
(US$100,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concretado con el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles
con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo
de 7 años.
15) Programa de Abastecimiento de Ambulancias para el Sistema de Salud
(Ejecutor: Ministerio de la Presidencia-MINPRE-), cuyo monto máximo asciende a
treinta millones de dólares estadounidenses (US$30,000,000), o su equivalente en
otra moneda, a ser concretado con el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes
en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
16) Proyecto Construcción de Acueducto Múltiple Región Este (Ejecutor: Instituto
Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado -INAPA-), cuyo monto máximo de
contratación asciende a seiscientos dieciséis millones de dólares estadounidenses
(US$616,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de
seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca
internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el
mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
17) Proyecto Construcción de Alcantarillado Sanitario Bávaro – Punta Cana
Región Este (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado -
INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a doscientos millones de
dólares estadounidenses (US$200,000,000), o su equivalente en otra moneda, más
el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser
concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones
compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un
plazo mínimo de 7 años.
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18) Proyecto de Ampliación y Mejoramiento de la Red de Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario de la Población de San Francisco de Macorís (Ejecutor:
Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado -INAPA-), cuyo monto
máximo de contratación asciende a ochenta y cinco millones de dólares
estadounidenses (US$85,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto
de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con
la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las
vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7
años.
19) Proyecto Construcción Alcantarillado Sanitario de Nagua, Prov. María
Trinidad Sánchez (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado
-INAPA-), cuyo monto máximo de contratación asciende a sesenta millones de
dólares estadounidenses (US$60,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el
monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser
concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones
compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un
plazo mínimo de 7 años.
20) Proyecto Ampliación Alcantarillado Sanitario de Samaná, Prov. Samaná
(Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado -INAPA-), cuyo
monto máximo de contratación asciende a cuarenta millones de dólares
estadounidenses (US$40,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto
de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con
la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las
vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7
años.
21) Proyecto de Apoyo a la Implementación del Plan de Reforma y Modernización
del Estado (Ejecutor: Ministerio de Administración Pública -MAP-) cuyo monto
máximo de contratación asciende a cuarenta millones de dólares estadounidenses
(US$40,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y
comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
22) Programa de Mejoramiento de Redes Media y Baja Tensión y Normalización
de Clientes de las Empresas Distribuidoras de electricidad a Nivel Nacional
Ejecutor: la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur -EDESUR-, la Empresa
Distribuidora de Electricidad del Este -EDEESTE- y la Empresa Distribuidora de
Electricidad del Norte -EDENORTE, cuyo monto máximo de contratación asciende
a doscientos veinticinco millones de dólares estadounidenses (US$225,000,000), o
su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y comisiones compatibles
con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo
de 7 años.
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23) Proyecto de Apoyo a la Implementación de la Estrategia Nacional de Seguridad
Vial de la República Dominicana (Ejecutor: Instituto Nacional de Tránsito y
Transporte Terrestre -INTRANT-), cuyo monto máximo asciende a veinte millones
de dólares estadounidenses (US$20,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser
concretado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés
y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
24) Proyecto de Apoyo a la Implementación de las Estrategias del Programa
Supérate y el Fortalecimiento del Sistema de Protección Social (Ejecutor:
Programa SUPÉRATE), cuyo monto máximo asciende a cien millones de dólares
estadounidenses (US$100,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser
concretado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una
tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la
República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
25) Proyecto de Inclusión Productiva y Resiliencia de Jóvenes Rurales Pobres -
PRORURAL Joven- (Ejecutor: Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo
-MEPyD- y el Ministerio de Agricultura –MA-, cuyo monto máximo asciende a diez
millones de dólares estadounidenses (US$10,000,000), o su equivalente en otra
moneda, a ser concretado con la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo (AECID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las
vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7
años.
26) Programa de Apoyo al Fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud (Ejecutor:
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MISPAS- y el Ministerio de
Vivienda, Hábitat y Edificaciones –MIVHED-), cuyo monto máximo asciende a
doscientos millones de dólares estadounidenses (US$200,000,000), o su equivalente
en otra moneda, a ser concretado con el Banco Internacional de Reconstrucción y
Fomento (BIRF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en
el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
27) Proyecto Monorriel de Santiago de los Caballeros (Ejecutor: Ministerio de la
Presidencia -MINPRE- a través del Fideicomiso para el Desarrollo del Sistema de
Transporte Masivo de la República Dominicana -FITRAM-), cuyo monto máximo
asciende a quinientos millones de dólares estadounidenses (US$500,000,000), o su
equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en
caso de que aplique, a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés
y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
28) Proyecto Ampliación Acueducto Múltiple Línea Noroeste (ALINO) (Ejecutor:
Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto
máximo asciende a trescientos noventa y tres millones de dólares estadounidenses
(US$393,000,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto de la prima de
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seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con la banca
internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el
mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
29) Proyecto Construcción Acueducto Múltiple Palomino-Bohechio-Padre de las
Casas, provincias San Juan y Azua (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas
Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo asciende a siete millones
doscientos mil dólares estadounidenses (US$7,200,000), o su equivalente en otra
moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique,
a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones
compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un
plazo mínimo de 7 años.
30) Proyecto Plan de Manejo de Cuenca del Rio Yuna (Ejecutor: Instituto Nacional
de Recursos Hidráulicos -INDRHI-, cuyo monto máximo asciende a doscientos
cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$250,000,000), o su equivalente
en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
y la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA), a una tasa de interés y
comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
31) Proyecto de Unidad Gubernamental de Rápida Acción – UGRA (Ejecutor:
Ministerio de la Presidencia -MINPRE- a través de la Unidad Ejecutora ECO5RD),
cuyo monto máximo asciende a cincuenta millones de dólares estadounidenses
(US$50,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco
Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a una tasa de interés y
comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
32) Fortalecimiento del Sistema de Prevención y Atención a Mujeres Víctimas de
Violencia Intrafamiliar y de Género (Ejecutor: Ministerio de la Mujer), cuyo
monto máximo asciende a quince millones de dólares estadounidenses
(US$15,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles
con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo
de 7 años.
33) Proyecto de Desarrollo Integral del Puerto de Haina (Ejecutor: Autoridad
Portuaria Dominicana -APORDOM-, cuyo monto máximo asciende a cien millones
de dólares estadounidenses (US$100,000,000.00), o su equivalente en otra moneda,
a ser concertado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE),
a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para
la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
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34) Proyecto de Ampliación de la Capacidad de Transporte de la Línea 2 del Metro
de Santo Domingo (Ejecutor: Oficina para el Reordenamiento del Transporte -
OPRET-), cuyo monto máximo asciende a ciento setenta y ocho millones trescientos
setenta y cuatro mil trescientos treinta y nueve dólares estadounidenses
(US$178,374,339.00), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la
Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), a una tasa de interés y comisiones
compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un
plazo mínimo de 7 años.
35) Proyecto Ampliación del Acueducto Oriental Barrera de Salinidad y
Transferencia a Santo Domingo Norte (Ejecutor: Corporación de Acueducto y
Alcantarillado de Santo Domingo –CAASD-), cuyo monto máximo asciende a
treinta y cinco millones de dólares estadounidenses (US$35,000,000.00), o su
equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Corporación Andina de Fomento
(CAF) a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado
para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
36) Proyecto Mejoramiento del Financiamiento Agrícola para el Fortalecimiento
de la Cadena de Valor Alimentaria (Ejecutor: Ministerio de Agricultura –MA-),
cuyo monto máximo asciende a setenta millones de dólares estadounidenses
(US$70,000,000.00), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la
Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), a una tasa de interés y
comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
37) Proyecto Plan Nacional de Conectividad y Transformación de Infraestructura
Vial de la República Dominicana -PLANACOVIAL- (Ejecutor: Ministerio de
Obras Públicas y Comunicaciones –MOPC-), cuyo monto máximo asciende a
seiscientos millones de dólares estadounidenses (US$600,000,000.00), o su
equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Centroamericano de
Integración Económica (BCIE), a una tasa de interés y comisiones compatibles con
las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de
7 años.
38) Programa de Construcción de Ecoviviendas en la República Dominicana
(Ejecutor: Ministerio de la Presidencia -MINPRE- a través de la Unidad Ejecutora
ECO5RD), cuyo monto máximo asciende a doscientos cincuenta millones de dólares
estadounidenses (US$250,000,000.00), o su equivalente en otra moneda, a ser
concertado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a una
tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la
República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
39) Proyecto Construcción Verja Perimetral Inteligente Frontera República
Dominicana–Haití (Ejecutor: Ministerio de Defensa -MIDE-), cuyo monto máximo
asciende a doscientos treinta y nueve millones novecientos ochenta mil dólares
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estadounidenses (US$239,980,000), o su equivalente en otra moneda, más el monto
de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser concertado con
la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones compatibles con las
vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7
años.
40) Proyecto Presurización del Sistema de Riego en el Área de Influencia del Canal
José Joaquín Puello, Valle de San Juan, Fase I (Ejecutor: Instituto Nacional de
Recursos Hidráulicos -INDRHI-), cuyo monto máximo asciende a treinta y cuatro
millones de dólares estadounidenses (US$34,000,000), o su equivalente en otra
moneda, más el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique,
a ser concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones
compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un
plazo mínimo de 7 años.
41) Programa de Rehabilitación y Mantenimiento de Puentes a Nivel Nacional
(Ejecutor: Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones -MOPC-), cuyo monto
máximo asciende a doscientos millones de dólares estadounidenses
(US$200,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles
con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo
de 7 años.
42) Programa de Saneamiento Universal de Ciudades Costeras Turísticas de
República Dominicana, Fase II (Ejecutor: Instituto Nacional de Aguas Potables y
Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo asciende a trescientos ochenta
millones de dólares estadounidenses (US$380,000,000), o su equivalente en otra
moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a una
tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la
República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
43) Programa de Rehabilitación Agroforestal de las Plantaciones de Cacao
Dominicanas -PRACAO- (Ejecutor: Ministerio de Agricultura -MA-), cuyo monto
máximo asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000), o
su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia Francesa de
Desarrollo (AFD), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes
en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
44) Programa de Eficiencia Energética y Techos Solares para la República
Dominicana (Ejecutor: Ministerio de Energía y Minas -MEM-), cuyo monto
máximo asciende a ciento cincuenta millones de dólares estadounidenses
(US$150,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una tasa de interés y
comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República
Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
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45) Proyecto Construcción de la Red de Alcantarillados en San Cristóbal (Ejecutor:
Instituto de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto máximo
asciende a cien millones de dólares estadounidenses (US$100,000,000), o su
equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Agencia Francesa de Desarrollo
(AFD), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado
para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
46) Proyecto de Fortalecimiento del Sistema de Salud para la Prevención y Gestión
de las Enfermedades Crónicas no Transmisibles -ECNT- Diabetes y
Enfermedades Cardiovasculares (Ejecutor: Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social -MISPAS- y el Servicio Nacional de Salud -SNS-), cuyo monto
máximo asciende a cincuenta millones de dólares estadounidenses (US$50,000,000),
o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes
en el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
47) Proyecto Integral para la Transformación Industrial Sostenible y Resiliente en
la República Dominicana (Ejecutor: Ministerio de Industria y Comercio -MICM-
), el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo -MEPYD- y el Ministerio
de Hacienda -MH-, cuyo monto máximo asciende a ciento cincuenta millones de
dólares estadounidenses (US$150,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser
concertado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), a una
tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la
República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
48) Proyecto Construcción del Alcantarillado Municipio San Juan (Ejecutor:
Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados -INAPA-), cuyo monto
máximo asciende a sesenta millones de dólares estadounidenses (US$60,000,000),
o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la Corporación Andina de
Fomento (CAF), a una tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en
el mercado para la República Dominicana y con un plazo mínimo de 7 años.
49) Proyecto Construcción del Canal Alto Mao, provincia Valverde (Ejecutor:
Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos -INDRHI-), cuyo monto máximo
asciende a doscientos cincuenta millones de dólares estadounidenses
(US$250,000,000), o su equivalente en otra moneda, a ser concertado con la
Corporación Andina de Fomento (CAF), a una tasa de interés y comisiones
compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un
plazo mínimo de 7 años.
50) Proyecto Construcción del Tren Metropolitano de Santo Domingo, provincia
Santo Domingo. (Ejecutor: Ministerio de la Presidencia -MINPRE- a través del
Fideicomiso para el Desarrollo del Sistema de Transporte Masivo de la República
Dominicana -FITRAM-), cuyo monto máximo asciende a quinientos millones de
dólares estadounidenses (US$500,000,000), o su equivalente en otra moneda, más
el monto de la prima de seguro a la exportación, en caso de que aplique, a ser
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concertado con la banca internacional, a una tasa de interés y comisiones
compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana y con un
plazo mínimo de 7 años.
Párrafo.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, en las condiciones dispuestas por el artículo 70
de la Ley núm.80-23, a incorporar en el Presupuesto General del Estado 2024, los
proyectos de inversión detallados en el presente artículo”.
Artículo 9.- Restricciones para incorporar disposiciones no previstas en el ejercicio
presupuestario del año 2024. Se autoriza al Poder Ejecutivo, para que, a través del
Ministerio de Hacienda, accione y restrinja cualquier disposición administrativa no prevista
en el marco de la Ley núm.80-23 y la presente ley que la modifica.
Artículo 10.- Autorización para pagos en el ejercicio 2024. Se autoriza al Poder Ejecutivo,
para que, a través del Ministerio de Hacienda, se realicen las coordinaciones correspondientes
para imputar al ejercicio corriente 2024, los compromisos de gastos del ejercicio fiscal 2023,
cuyo trámite fue interrumpido por el debido cumplimiento de los procesos y regularización
en la etapa de cierre.
Artículo 11.- Autorización para ajustes en el cierre. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a
través del Ministerio de Hacienda, a realizar los ajustes que sean necesarios para el cierre del
ejercicio presupuestario del año 2024, entre balances de apropiaciones de los capítulos y
fuentes financieras para reflejar su ejecución real sin alterar el techo de las apropiaciones de
gastos aprobadas por el Congreso Nacional mediante la Ley núm.80-23 y la presente ley que
la modifica.
Artículo 12.- Ajustes en los nuevos niveles de transferencias. Se autoriza al Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar los ajustes a los presupuestos de los
Organismos Autónomos y Descentralizados no Financieros, de las Instituciones Públicas de
la Seguridad Social y de las Empresas Públicas no Financieras, a los nuevos niveles de
transferencias otorgadas por el Gobierno Central originadas por lo establecido en la presente
ley.
Dada en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días
del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la Independencia y 161 de
la Restauración.
Ricardo De Los Santos
Presidente
Melania Salvador Jiménez Milcíades Franjul Pimentel
Secretaria Secretario
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Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
veinticinco (25) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); años 181 de la
Independencia y 161 de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria
Presidente
Nelsa Shoraya Suárez Ariza Agustín Burgos Tejada
Secretaria Secretario
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024);
años 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Ley núm. 27-24 que designa con el nombre de Orlando Jorge Mera, al mirador ubicado
dentro del Parque Nacional El Morro, provincia Montecristi. G. O. No. 11157 del 30 de
julio de 2024.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley núm. 27-24
Considerando primero: Que el señor Orlando Jorge Mera nació el 22 de noviembre de 1966,
en la provincia Santiago, República Dominicana y murió el 6 de junio de 2022; fue un
abogado, político, educador, columnista, escritor, presentador de televisión y gestor
ambiental;