LeyNo. 22-18
Ley No. 22-18 - QUE DESIGNA CON EL NOMBRE DE LICENCIADA PATRIA PELAGIA MÉNDEZ GERMÁN, LA ESCUELA PRIMARIA NUESTRA SE...
- Publicacion
- 7 de junio de 2018
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
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Ley No. 22-18 que designa con el nombre de Licenciada Patria Pelagia Méndez
Germán, la Escuela Primaria Nuestra Señora de la Altagracia, en el municipio Santo
Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. G. O. No. 10912 del 2 de julio de 2018.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 22-18
Considerando primero: Que la licenciada Patria Pelagia Méndez Germán nació en La
Lila, provincia Hermanas Mirabal, el 11 de julio de 1943. En el año 1984 se graduó de
maestra en la Escuela Normal para Maestros Félix Evaristo Mejía.
Considerando segundo: Que la licenciada Patria Pelagia Méndez Germán, junto a la
comunidad, en el año 1969, tomó la iniciativa de fundar una escuela; y en el año 1971
gestionaron el alquiler de una casa de madera con una habitación, donde se instaló la
primera escuela pública del ensanche Altagracia.
Considerando tercero: Que la profesora Patria Pelagia Méndez Germán fue la precursora
de la construcción de la escuela Nuestra Señora de la Altagracia. Fue su primera directora,
luego volvió a ocupar dicha posición desde el año 1978 hasta el 1997, cuando fue jubilada.
Considerando cuarto: Que la insigne maestra ha trabajado de manera incansable con la
comunidad, y ha sido reconocida por iglesias, juntas de vecinos y por sus estudiantes, por
su trayectoria a favor de la educación.
Vista: La Constitución de la República.
Vista: La Ley No.2439, del 8 de julio de 1950, sobre asignación de nombres a las
divisiones políticas, poblaciones, edificios, obras, vías, cosas y servicios públicos,
modificada por la Ley No.49, del 9 de noviembre de 1966.
Vista: La Ley General de Educación, No.66-97, del 9 de abril de 1997.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1.- Objeto. Esta ley tiene por objeto designar con el nombre “Licenciada Patria
Pelagia Méndez Germán” la Escuela Primaria Nuestra Señora de la Altagracia, en el
municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo.
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Artículo 2.- Designación. Se designa con el nombre “Licenciada Patria Pelagia Méndez
Germán” la Escuela Primaria Nuestra Señora de la Altagracia, en el municipio Santo
Domingo Oeste, provincia Santo Domingo.
Artículo 3.- Identificación de fondos. Los fondos para la ejecución de esta ley provendrán
de los recursos económicos asignados al Ministerio de Educación en la Ley de Presupuesto
General del Estado.
Artículo 4.- Ejecución de la ley. El Ministerio de Educación queda encargado de ejecutar
las medidas correspondientes para el cumplimiento de esta ley.
Artículo 5.- Entrada en vigencia. La presente ley entrará en vigencia después de su
promulgación, según lo establecido en la Constitución de la República y una vez
transcurridos los plazos señalados en el Código Civil de la República Dominicana.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017); años 174 de la
Independencia y 155 de la Restauración.
Rubén Darío Maldonado Díaz
Presidente
Miladys F. del Rosario Núñez Pantaleón Juan Suazo Marte
Secretaria Secretario
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo
Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
dieciséis (16) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la
Independencia y 155 de la Restauración.
Reinaldo Pared Pérez
Presidente
Edis Fernando Mateo Vásquez Prim Pujals Nolasco
Secretario Secretario
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DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), años
175 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Res. No. 23-18 que aprueba el Contrato de Préstamo No.4114/OC-DR, suscrito entre
la República Dominicana, representada por el Ministro de Hacienda y el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de US$50,000.000.00, para ser
destinado al Programa de Mejora de la Eficiencia de la Administración Tributaria y
de la Gestión del Gasto Público en República Dominicana. G. O. No. 10912 del 2 de
julio de 2018.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 23-18
VISTO: El Artículo 93, numeral 1) literales j) y k), de la Constitución de la República
Dominicana.
VISTO: El Contrato de Préstamo No.4114/OC-DR, firmado en Santo Domingo, R.D., el
02 de octubre de 2017, entre la República Dominicana y el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), hasta por un monto de US$50,000.000.00 (cincuenta millones de dólares
estadounidenses con 00/100); para financiar el Programa de Mejora de la Eficiencia de la
Administración Tributaria y de la Gestión del Gasto Público en República Dominicana.