LeyNo. 202-06
Ley No. 202-06 - QUE ELEVA EL PARAJE CARPINTERO, DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DE LA MAGUANA, A LA CATEGORIA DE SECCION.
- Publicacion
- 3 de mayo de 2006
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
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Ley No. 202-06 que eleva el Paraje Carpintero, del Municipio de San Juan de la
Maguana, a la categoria de seccion.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 202-06
CONSIDERANDO: Que el Paraje Carpintero de la Seccion Hato Nuevo,
del Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, ha dado experimentado un
notable crecimiento economico y demografico, con diversos establecimientos comerciales,
factorias de arroz, talleres de mecanica, unidades de transportes, etc.;
CONSIDERANDO: Que en el Paraje Carpintero viven muchas personas
destacadas en diversos ambitos y preocupadas por el desarrollo de su comunidad; ademas
cuenta con centros educativos, deportivos, sociales y recreativos;
CONSIDERANDO: Que el Paraje Carpintero tiene un gran desarrollo
agropecuario que aporta cuantiosos beneficios a sus habitantes.
VISTA la Ley No. 5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre Division
Territorial de la Republica Dominicana, y sus modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- Se eleva a seccion el Paraje Carpintero, del Municipio de
San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, con 10s siguientes parajes: Los Batones, La
Cana. Los Cerros.
ARTICULO 2.- La Seccion Carpintero se integra a1 Distrito Municipal de
Sabaneta, del Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dorninicana, a 10s once (11) dias del mes de octubre del aiio dos mil cinco
(2005); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
Alfredo Pacheco Osoria,
Presidente
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Severina Gil Cameras, Josefina Alt. Marte Duran,
Secretaria Secretaria
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a
10s once (11) dias del mes de enero del aiio dos mil seis (2006); aiios 162 de la
Independencia y 143 de la Restauracion.
Enriquillo Reyes Ramirez, Andr6s Bautista Garcia,
Secretario Presidente
Pedro Jos6 Alegria Soto,
Secretario
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Art.55 de la Constitucion
de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s tres (3) dias del mes de mayo del aiio dos mil seis (2006); aiio
163 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Ley No. 203-06 que eleva la Seccion Guayacanes, del Municipio de San Pedro de
Macoris, a la categoria de municipio. Dispone que la Provincia de San Pedro de
Macoris est6 constituida por 10s municipios de San Pedro de Macoris, Los Llanos,
Ramon Santana, Consuelo, Quisqueya y Guayacanes, y eleva el Paraje Los Conucos a
la categoria de seccion.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 203-06