LeyNo. 196-06
Ley No. 196-06 - QUE AUMENTA EL MONTO DE LA PENSION DEL ESTADO QUE PERCIBE LA SEÑORA SIRIA CRUZ ANTONIA D’AMATO RODRI...
- Publicacion
- 3 de mayo de 2006
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
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Ley No. 196-06 que aumenta el monto de la pension del Estado que percibe la senora
Siria Cruz Antonia D’Amato Rodriguez de Mella.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 196-06
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano esta en el deber de
garantizar la seguridad social y econornica de 10s dominicanos;
CONSIDERANDO: Que la seiiora Siria Cruz Antonia D’Amato Rodriguez
de Mella, Cedula de Identidad y Electoral No. 023-0029028-1, laboro por mas de treinta
aiios a1 servicio del Estado a traves del Consejo Estatal del Azucar (CEA);
CONSIDERANDO: Que por sus aiios de servicio le fue otorgada una
pension de cuatro mil cinco pesos (RD$4,005.00), suma que resulta insuficiente para
costear sus gastos medicos y cubrir sus necesidades;
CONSIDERANDO: Que la seiiora D’Amato Rodriguez de Mella, por su
edad y por estar afectada de varios quebrantos de salud, se encuentra imposibilitada de
dedicarse a labores productivas.
VISTA la Ley No. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y
Jubilaciones Civiles del Estado.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- Se aumenta la pension mensual del Estado que percibe la
seiiora Siria Cruz Antonia D’Amato Rodriguez de Mella, de cuatro mil cinco pesos
(RD$4,005.00) a ocho mil pesos (RD$S,OOO.OO).
ARTICULO 2.- Dicha pension sera pagada con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado de la Ley de Gastos Publicos.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
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Republica Dominicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de octubre del aiio dos mil cinco
(2005); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
Hugo Rafael N ~ e Azlmonte,
Vicepresidente en Funciones
Juan Maldonado Castro, Josefina Alt. Marte Durin,
Secretario Ad-Hoc. Secretaria
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a
10s once (11) dias del mes de enero del aiio dos mil seis (2006); aiios 162 de la
Independencia y 143 de la Restauracion.
Andrks Bautista Garcia,
Presidente
Enriquillo Reyes Ramirez, Pedro Josk Alegria Soto,
Secretario Secretario
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Art.55 de la Constitucion
de la Republica.
PROMULGO la presente ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dominicana, a 10s tres (3) dias del mes de mayo del aiio dos mil seis (2006); aiio
163 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ