LeyNo. 121-01
Ley No. 121-01 - QUE ELEVA LA SECCION EL LIMON, UBICADA EN EL MUNICIPIO DE SAMANA, PROVINCIA SAMANA, A LA CATEGORIA DE DISTRITO MUNICIPAL.
- Publicacion
- 20 de julio de 2001
- Sala
- No informado
- Materia
- constitucional
- Jurisdiccion
- constitucional
-23- Dario Antonio Gomez Martinez Secretario Domingo Enrique Martinez Secretario Ad-Hoc.
HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veinte (20) dias del mes de julio del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA Ley No. 121-01 que eleva la seccion El Limon, ubicada en el municipio de Samana, provincia Samana, a la categoria de Distrito Municipal.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Ley No. 121-01 CONSIDERANDO: Que la seccion El Limon, del municipio de Samana, ha experimentado en 10s ultimos aiios un notable desarrollo agricola y turistico que se vera acrecentado en forma considerable en lo porvenir.
CONSIDERANDO: Que las actividades educativas, culturales, turisticas, deportivas, religiosas, agricolas y artesanales hacen de El Limon una de las comunidades mas dinamicas de la provincia de Samana, por lo que debe recibir todo el apoyo de 10s poderes publicos.
-24- CONSIDERANDO: Que con la terminacion y asfaltado en 10s proximos meses de la carretera de Samana-Las Terrenas, la comunidad de El Limon vera multiplicado su potencial de desarrollo.
VISTA la Ley No.5220, sobre Division Territorial de la Republica Dominicana, del 21 de septiembre de 1959, y sus modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- La seccion El Limon, enclavada en la jurisdiccion territorial del municipio de Samana, provincia de Samana, queda erigida en Distrito Municipal, con el nombre de Distrito Municipal de El Limon.
ARTICULO 2.- El Distrito Municipal de El Limon estara integrado por las secciones: La Barbacoa, Agua Sabrosa y Moron y 10s parajes El Cafe, Palmarito, La Can% Calabacito, Arroyo Sabana y Arroyo Surdio.
ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo, la Secretaria de Estado de Interior y Policia y la Procuraduria General de la Republica adoptaran todas las medidas de caracter administrativas necesarias para la ejecucion de la presente ley.
ARTICULO 4.- Se modificq en cuanto fuere necesario, la Ley No.5220, sobre Division Territorial de la Republica Dominicana, de fecha 21 de septiembre de 1959, y sus modificaciones, asi como cualquier otra disposicion que le sea contraria.
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintidos (22) dias del mes de marzo del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
Rafaela Albuquerque Presidenta Ambrosina Saviiion Caceres Secretaria Rafael Angel Franjul Troncoso Secretario DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiseis (26) dias del mes de junio del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
-25- Ramon Alburquerque Presidente Ginette Bournigal de Jimknez Secretaria Dario Antonio Gomez Martinez Secretario HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veinte (20) dias del mes de julio del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA Ley No. 122-01 que concede una pension del Estado al Sr. Rafael Octavio Suarez Amparo.
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Ley No. 122-01 CONSIDERANDO: Que el seiior Rafael Octavio Suarez Amparo ha servido a1 Estado Dominican0 por mis de cuarenta (40) aiios en distintos cargos publicos, entre 10s que se destacan Sindico del municipio de Castillo, provincia Duarte, Director del Departamento Administrativo de la Secretaria de Estado de Agricultura y actualmente es empleado del Instituto de Estabilizacion de Precios (INESPRE).