LeyNo. 10-02
Ley No. 10-02 - QUE CONCEDE UNA PENSION DEL ESTADO EN FAVOR DEL SEÑOR PEDRO PABLO TAVAREZ HIDALGO, POR LA SUMA DE RD...
- Publicacion
- 2 de febrero de 2002
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
Ley No. 10-02 que concede una pension del Estado en favor del senor Pedro Pablo
Tavarez Hidalgo, por la suma de RD$15,000.00 mensuales.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 10-02
CONSIDERANDO: Que el seiior Pedro Pablo Tavarez Hidalgo laboro por
mis de treinta (30) aiios en diversos cargos de la adrninistracion publica, entre 10s que cabe
destacar diputado a1 Congreso Nacional de 1974 a 1978 y gobernador civil de 1989 a 1990;
CONSIDERANDO: Que mediante la Ley No. 256, del 25 de diciembre de
1984, a1 seiior Tavarez Hidalgo se le concedio una pension del Estado por la suma de
RD$500.00 mensualmente y en la actualidad recibe la suma de RD$1,420.00, cantidad que
resulta insuficiente debido a1 alza del costo de la vida y, por tanto, no le alcanza para
solventar sus necesidades mas elementales.
VISTO el Articulo 10 de la Ley No. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre
Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
VISTA la Ley No. 256, del 25 de diciembre de 1984, mencionada.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1.- Se concede una pension del Est lo en favor del 2iiC
Pedro Pablo Tavarez Hidalgo por la suma de Quince Mil Pesos (RD$15,000.00)
mensualmente.
ARTICULO 2.- Dicha pension sera pagada con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de la Ley de Gastos Publicos.
ARTICULO 3.- La presente disposicion deroga la Ley No. 256, del 25 de
diciembre de 1984, que concedio una pension mensual del Estado a favor de Pedro Pablo
Tavarez .
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
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Republica Dominicana, a 10s nueve (9) dias del mes de mayo del aiio dos mil uno (2001);
aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
Rafaela Alburquerque
Presidenta
Ambrosina Saviiion Caceres Rafael Angel Franjul Troncoso
Secretaria Secretario
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s
diecisiete (17) dias del mes de julio del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la
Independencia y 138 de la Restauracion.
Ramon Alburquerque
Presidente
Ginette Bournigal de Jimknez Dario Ant. Gomez Martinez
Secretaria Secretario
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s dos (2) dias del mes de febrero del aiio dos mil
dos (2002); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA