DecretoNo. 5065
Decreto No. 5065 - QUE CREA LA SECCION TECNICA DE LA SECRETARIA DE FOMENTO Y COMUNICACIONES
- Publicacion
- 18 de abril de 1912
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
__ COLECCION DE LEYES, DECRETOS &.--1912 3'7
- __--__-.
,
Enviese a1 Poder 8jecutivo para 10s fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Senado de la Republica, ti
10s 18 dias del mes de Abril de 1912; aiio 69 de la Independen-
cia y 49 de la Restauracibn.
El Presidente : Ram6n 0. Lovat&.-Los Secretarios : Leo-
vigildo Cuello.-Jos6 R. L6pez.
Dada en la sala de sesiones de la CBmara de Diputadoss ii
10s veintid6s dias del mes de Abril de 1912; aiio 69 de la Inde-
pendencia y 49 de la Restauraci6n.
El Presidente': S. a e r o No1asco.-Los Secretarios: XI. M.
Sanabia.-C. A. Nouel.
Ejeclitese, comuniquese por la Secretaria correspondiente,
publicandose en todo el territorio de la Repiiblica para su cum-
plimiento.
Dada en Santo Domingo, Capital de la Republica, a 10s 22
dias del mes de Abril de 1912; aiio 69 de la Independencia y
49 de la Restauracibn.
El Presidente de la Rep6blica,
E. VICTORIA.
Refrendada: El Secretario de Estado de Justicia 8 Ins-
truce& Mblica: A. M. Soler.
N ~ m 5.06L-DECRETO del P. E. que crea la secci6n t6cnica de
la Secretaria de Fomento y Comunicaciones.-G. 0. Nfim.
2291 del 27 de Abril 1912.
ELADIO. VICTORIA,
Presidente de la Rspiiblica.
Considerando : que es necesario organizar, dentro de la Se-
cretaria de Estade de Fomento y Comunicaciones, una secci6n
tdcnica bajo la direccibn de un ingeniero, el c u d dependa directa
y exclusivamente del Secretario del ramo;
DECRETA :
Art. 10 Se crea en la Secretaria de Estado de Fomento y
Comunicaciones una secci6n Gcnica correspondienk a1 raglo de
Fomento, la c u d estarB 5 cargo de un ingeniero civil, con prhc-
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tica no melior de diez aiios, que se denominarii Ingeniero Jefe del
Negociado de Fomento.
Art. 29 Queda especialmente 5 cargo de dicho Ingeniero
Jefe del Negociado de Fomento todo cuanto se refiera B la ope-
racibn de 10sferrocarriles del Estado 6 de particulars, as5 como
evacuar cualquiera consulta 6 informe que en ese servicio 6 en O-
tro del ram0 de Fomento le sea requerido por el Secretario de Es-
tado.
Art. 39 El Ingeniero Jefe del Negociado estarg obligado 6
trasladarse a1 sitio que le indique el Secretario de Fomento, en
todas las ocasiones en que Bste le ordene la inspecci6n de alguna
obra, nacional, municipal 6 particular.
Art. 49 Las atribuciones aqui seiialadas a1 Ingeniero Jefe
del Negociado de Fomento no son limitativas, pues ademb de
ellas se considerarh inherentes a1 puesto las que se consignen en
el Reglamento Interior de la Secretaria de Estado de Fomento y
Comunicaciones.
Art. 5 9 La dotaci6n mensual del Ingeniero Jefe del Nego-
ciado de Fomento y del personal ii sus & d e n e se cargarin S 10s
gastos destinados Q imprevistos.
Dada en Santo Domingo, Capital de la Rephblica, 6 los 18
dias del mes de Abril de 1912; aiio 69 de la Independencis y 49
de la Restauraci6n.
E. VICTORIA.
Refrendada: El Secretario de Estado de Fomento y Co-
municaciones: MI. de Js. Troncoso de la Concha.
Num. 5066.-RESOLUCION del P. E. que concede a la Junta de
Caridad Padre Billini parte de las ruinas del antigun Conven-
to de San Francism-G. 0.Niim. 2291 del 27 de Abril 1912.
ELADIO VICTORIA,
Presidente de la Repiiblica.
Vista la petici6n que a1 Poder Ej,ecutivo hace la Junta de
Caridad Padre Billini para que se le conceda la parte de las rui-