DecretoNo. 4058
Decreto No. 4058 - CARTA DE NATURALIZACION ACORDADA A CARLOS NEILA.
- Publicacion
- 18 de septiembre de 1900
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
250 COLECCION DE LEYES, DECRETOS &.-19OO
Dada en el Palacio Nacimal de Santo Domingo, Capitai dc
la Repliblica, ii 10s 18 dias del mes de Septiembre de 1900; aiio
57’)de la Independencia y 389 de la Restauraci6n.
J. I. JIMENES.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y i’oiicia, L. J.
HernBiiclez Brea.
Refrendada : El Ministro de Relaciones Estcriores.-Dr.
Henriquez y Carvajal.
Registrada a1 Num. 6, f6lio l?-El Oficial 3layor del Ni-
nisterio de lo Interior y Po1icia.-Luis E. Garrido.
Registrada a1 n6m. 5, libro N.-El Oficial Mayor dil Mi-
nisterio de Relaciones Exteriores.Tos6 D. Henriqucz.
Nuni. 4058.-CARTA de naturalizaci6n acordada B Carlos Nei-
1a.-G. 0. Nlim. 1364 del 6 de Octubre de 1900.
JUAN ISIDRO JIMENES.
Presidente Constitucional de la Repiiblica.
Por cuanto el seiior Carlos Neila, natural de Canales, Pro-
vincia de Logroiio (Espaiia) , mayor de +edad, de estado soltei 0,
residente en el pais desde hace mlis de dos aihs, h a elevado por
cirgano del ciudadano Ministro de lo Interior J‘ Policia, una
instancia solicitando Carta de Naturalizaci6n.
Atendiendo: li que hace mBs de dos aiios que reside en la
RepGblica, B que es mayor de edad, y B que hace exprzsa rc-
nuncia de la nacionalidad espaiiola B que pertenece, poi- ante la
autoridad correspondiente, Ilenando en esto y en toclo, lo pres-
crito por la Ley.
Y de conformidad con lo que dispone el articulo Til d: 11
Constituci6n del Estado en su 59 apartado.
E n us0 de las facultades que confiere a1 Poder Ejecutiro
dicho Pacto Fundamental, segdn su articulo 51 en su vigbsimn
s6ptima atribucibn.
Hemos venido en conceder, como por la presente concede-
mos, Carta de Naturalizaci6n, COA 10s deberes y derechos inhe-
rentes ii 10s dominicanos, pr6vio el jurarnento de Ley que pres-
tar&ante el Gobernadar Civil y Militar de esta Provincia, a1
seiior Carlos Neils, natural de Logroiio (Espafia), mayor de
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edad, etc., quien desde ese momento s e r i reconocido ciudadano
de la Repfiblica Dominicana, y A quien se guardar6n y har5.n
guardar, por las autoridades civiles y militares d P &ta, todas
las prerrogativas y fueros garantidos por la Constitucih del
Estado.
La presente Car% d e Nacionalidad sera publicada en la
“Gaceta Oficial”, y rzgistrada en las Secretarias d e Estado de
lo Interior y Policia y de Relaciones Exteriores.
Dada en el Palaeio Nzcional de Santo Domingo, Capital de
la Repfiblica, 5 10s 18 dias del mes de Septiembre d~a1900; a50
579 de la Independencia y 38‘)de la Restauraci6n.
J. I. JIMENES.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Po!icia.-L. 31
HernBndcz Erea.
Refrendada : El Minisiro de Relaciones Exteriores.-Ik.
Henriquez y Carvajal.
Registrada a1 Niim. 9, folio lp-El Oficial Mayor del Mi-
nisterio cle lo Interior y Policia.-Luis E. Garrido.
Registrada a1 Nfim. 9, libro N.-E1 Oficial Mayor del Mi-
nisterio dl8 Relaciones Exteriores.-Josh D. Henriqucz.
NGm. 4059.-EXEQUATUR acordado a Alejandro Herrera hi-
j o para ejercer la profesidn de dentists.-G. 0. N6m. 1364
del 6 de Octubre de 1900.
JUAN ISIDRO JIMENES,
Pi-esidente Constitucional de la Repiiblica.
Por cuanto el sefior don Alejandro Herrera hijo, se ha diri-
gido a1 Ministerio de lo Interior y Policia, en fecha 17 de 10s
corrientes, solicitanda permiso para ejereer su profesih de
Dentista; habiendo exhibido el solicitante el titulo 5 que se con-
tpaen 10s articulos 40 y 41 de la “Ley sobre Juro AGdico de la
Repliblica”; y visto el informe presentado por el Juro M&iico,
el cual informe acredita la legalidad de dicho titulo, seglin la
prbtica establecida para expedir titulos universitarios ;