DecretoNo. 2992
Decreto No. 2992 - FACULTANDO AL EJECUTIVO NACIONAL A PROPONER Y CONCLUIR UN TRATADO DE RECIPROCIDAD COMERCIAL CON EL G...
- Publicacion
- 31 de marzo de 1891
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
COLECCION DE LEYES, DECRETOS 8.-1891. 68
Sociedad “La Esperanza” de Montecristi, continfie al. servicio
del pcblico en la misma forma y condiciones que lo habia estado
hasta el 19 de Febrero pr6ximo pasado.
Art. 2 9 E n el cas0 de que la mencionzda Soeiedad no qui-
siese seguir administrando y dirigiendo !a “Biblideca PGblica”,
esta sera entregada bajo inventario a1 A 4 y u n t a ~ e n tdoe Monte-
cristi, quien la sostendra con 10s fondw destinados a1 fomento
de la misma, sin perjuicio de la ayuda que desec 6 quiera pres-‘
tarle para su mayor desarrollo, en lo porvenir. De lo que una
y otra Corporacidn dar&n oportuno avieo 21 Ministro del ramo.
Art. 39 La presente Resolucidn s e r j comunicada por la Se-
cretaria de Estado correspondiente.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Doming9,-Capital de
la Repiiblica, 8 10s 31 dias del’mes de Marzo de i d 9 f ; aiio 48 de
la Independencia y 28 de la Restauracih
El Presidente de la Republica.
TJ. HEUREAUX.
Refrendada : El Ministro de Instrucdih Pfiblica &@-To-
m8s D. Morales.
WGm. 2992.-DEGRETO del C. N. facultando a! Ejecutivo Na-
cional B proponer y concluir un Tratado de reciprocidad co-
mercial con el Gobierno de 10s EE. UU. de la Amhrica del
Norte, por medio de un Plenipotenciario.
Dios, Patria y Libertad.-RepGblica Dominicana.-El Con-
greso Naciona1.-En nombre de la Repbblica.
Visto el Mensaje que en fecha 27 de Febrcro prdximo ante-
rior ha presentado el ciudadano Presidente de la Rerdblica 6 es-
t a Alta Camara, en el cual, entre otras materias recomendadas
como de preferente atencidn, el Jefe del Estado expone las ra-
zones que hacen de perentoria urgencia la ncgociacidn por medio
de un Plenipotenciario, con 10s Estados Unidos de America, de
un Tratado de reciprocidad comercial que ponga 6 salvo 10s in.
tereses de la industria agricola en el ’pais, facilitmdo A sus pro-
ductos el acceso al mercado American0 :-la concurrencia con 10s
productos sirnilares de otros paises, dada la fndole proteccionista
64 COLECCIOIS DE LEYES, DECRhTOS &.-1891.
de la reforma arancelaria reciente en 10s Estadns Unidos, y Q la
vez, solicita la autorizaci6n especial necesaria, tailto para la con-
clusiSn definikiva de dicho TrataBo, como para hacer los gastos
extraordinarios al efecto, con cargo a1 Tesoro Nacional;
Considerando: que el Poder Legislativo de loe Estados Uni-
dos, a1 decretar la referida legislaci6n arancelaria, ha delegado
en I$ Presidente de la Unicin Americana la facultad excepcional
del’llevar A cab0 la conclusicin de Tratados de reciprocidad con
loa paises que lo soliciten, como ya lo han solicitado slgunos Es-
tados Hispano-Americanoa ;
Considerando: que para la mayor eficacia y n i b p i b l e &xi-
to de !as negociaciona, conviene que el Pder Ejmutiao de la
Repcblica, a1 emprenderlas, este provisto de an8loga facultad 5
las que tiene extraordinariamente conferidas el Presidente de 10s
Estados Unidos:
Deelarada la upgencia,
DECRETA :
Art. 1 0 Se faculta a1 E.jecutivo Nacional 5 proponer por
medio de un Plenipotenciario, y concluir un Tratzdo de recipro-
cidad comercial con el Gobierno de 10s Estados Unidos del Norte
de Amkrica, asi como 6 erogar la suma necesaria para 10s gastos
consiguientes a1 dicho objeto, eon cargo a1 Tesoro de la RQpU-
blica .
Art. 2 9 Enviese a1 Poder Ejecutivo para su promulgaci6n.
Dado en la sala de sesiones del Congreso Nac-imal, el 23 de
Marzo de 1891; aiio 48 de la, Independencia y 28 de la Restaura-
cicin .
El Presidente .-F . Garcia Godoy .--Los Secretaries.-Luis
T . del Castil1o.- M . de J . Rodriguez. -
EjecUtese, comuniguese por las Secretsrias cdrrespondien-
tes, publicandose en todo el tehitorio de la Rephblica para su
cumplimiento .
Dado en el Palacio Nacional de Gobierno, Capital de la Re-
publica, a 10s 31 dias del mes de Marzo de 1891; aiio 48 de la
Jndependencia y 28 de la Restauracih.
El Presidente de la RepGblica,
U . HElJLtEAUX.
Refrepdado :-El Ministro de Hacienda y Comercio.--Sari-
chez .
. El Ministro de Relaciones Exteriores -1gna.
hefrendado :
cio Ma. Gonz6lez.