DecretoNo. 1210-01
Decreto No. 1210-01 - QUE DESIGNA A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL INSTITUTO DEL TABACO (INTABACO)
- Publicacion
- 20 de diciembre de 2001
- Sala
- No informado
- Materia
- civil
- Jurisdiccion
- civil
-75- Capital aiio dos DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, de la Republica Dorninicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de diciembre del mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA Dec. No. 1210-01 que designa a 10s miembros del Consejo Ejecutivo del Instituto del Tabaco (INTABACO).
HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 1210-01 VISTO el Articulo 12 de la Ley No. 165-01, del 18 de octubre del 2001 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente DE CRE T 0:
ARTICULO 1.- Quedan designados miembros del Consejo Ejecutivo del Instituto del Tabaco, 10s seiiores que se indican a continuacihn:
Seiior Fabio Fermin Acosta Seiior Eligio Jaquez Radhames Rodriguez Jose Maria Guillen Roque Breton Rafael Taveras Luis Tejeda Alvaro Quesada Presidente Director Ejecutivo del INTABACO Representacihn de la Secretaria de Estado de Agricultura Representacihn del Banco Agricola de la Republica Dorninicana Gerente Administrativo del INTABACO Gerente Agricola del INTABACO Gerente Comercial del INTABACO Gerente Industrial del INTABACO Representante del sector exportador de tabaco
-76- Hendrik Kelner Abel Waschman Juan Taveras Nicolas Felipe Representante de 10s industriales de tabaco de Zona Franca Representante de 10s industriales del cigarrillo Representante de 10s productores de tabaco Rubio y Burley Representante de 10s productores de tabaco Negro DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veinte (20) dias del mes de diciembre del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA Dec. No. 1211-01 que declara el aiio 2002 como Ano Nacional de la Vivienda.
HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1211-01 CONSIDERANDO: Que la vivienda es un derecho ciudadano consagrado en la Constitucihn de la Republica como de alto interes social.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Central ha establecido como prioritaria la necesidad de dotar de viviendas chmodas e higienicas a todos 10s dominicanos.
CONSIDERANDO: Que el aiio venidero llenara de esperanza y bienestar en paz y prosperidad haciendo posible la materializacihn de 10s sueiios de lo que para la mayoria resulta inalcanzable en la actualidad.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente DE CRE T 0:
ARTICULO UNIC0.- Se declara el aiio 2002 como “An0 Nacional de la Vivienda”.